El 81 % de los valencianos está a favor de la implantación de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Así se desprende de los resultados del Foro de Movilidad de Alphabet – compañía de gestión de flotas y movilidad corporativa del Grupo BMW – que se llevó a cabo en los días previos a la aprobación de su implementación en la ciudad de Valencia. Y es que cabe recordar que el Ayuntamiento de Valencia aprobó el borrador de la ordenanza el pasado mes de diciembre, en la que se contempla, además, un calendario escalonado para su puesta en marcha.
De esta manera, de los resultados extraídos por el Foro de Movilidad de Alphabet, y además de este 81 % a favor de su implementación, existe un 38 % de las personas encuestadas que también estarían a favor siempre y cuando la ordenanza no afecte a su vehículo; mientras que un 19 % se opone a ella. Además, un 29 % de la ciudadanía todavía desconoce esta normativa. Pero, ¿cómo y cuándo se aplicará la Zona de Bajas Emisiones en Valencia?
Calendario de la ZBE en Valencia
El Ayuntamiento de Valencia ha establecido un calendario antes de la implantación total de la Zona de Bajas Emisiones en la ciudad que tiene como objetivo proteger los intereses económicos y sociales de la ciudadanía. En este sentido, desde su entrada en vigor y hasta el 30 de noviembre de 2025, tendrá lugar una fase informativa a los vehículos afectados por las futuras restricciones.
La fase sancionadora a vehículos matriculados fuera de la provincia de Valencia comenzará el 1 de diciembre de 2025; mientras que las sanciones se ampliarán a los vehículos matriculados en la provincia de Valencia (a excepción de los matriculados en la ciudad de Valencia) a partir del 1 de enero de 2027.
Por último, el 1 de enero de 2028, las sanciones se aplicarán a todos los vehículos más contaminantes, independientemente de dónde estén matriculados.
En este punto, el Ayuntamiento de Valencia aplicará una moratoria de un año en el inicio del régimen sancionador – con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027 – a los vehículos matriculados en los municipios afectados por la DANA del pasado 29 de octubre; y con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028 para los vehículos registrados en las pedanías del municipio de Valencia afectadas, es decir, La Torre, Forn d’Alcedo y Castellar – l’Oliveral.
Y es que desde la presentación del primer texto se han producido dos hechos que han obligado a reformular el calendario de implantación escalonada de las restricciones: en primer lugar, el impacto de la DANA que ha supuesto la pérdida de miles de vehículos privados; y, en segundo lugar, la publicación por parte del Estado, el pasado 24 de diciembre de 2024, de una serie de ayudas económicas en materia de transporte público que imponen, a las entidades locales solicitantes, la entrada en funcionamiento de sus zonas de bajas emisiones durante 2025.
Delimitación de la Zona de Bajas Emisiones de Valencia
El borrador de la Ordenanza define, finalmente, una única Zona de Bajas Emisiones, 'Valencia ZBE', que abarca una superficie de 27,8 km² y está delimitada por la Ronda Norte, avenida de los Naranjos, calle Serrería y el Bulevar Sur.
El área de Ciutat Vella Nord que, inicialmente se planteaba como una ZBE con particularidades propias, continuará regulada como un Área de Prioridad Residencial (APR Ciutat Vella Nord) con las mismas restricciones que en la actualidad, pero añadiendo las nuevas restricciones de Valencia ZBE que se aplicarán también al resto de la ciudad.
Esta ordenanza ha generado críticas en la oposición. De hecho, el PSPV-PSOE ha denunciado que es una de las normas “menos ambiciosas de España”. En este punto, señalan que alegarán adelantar su aplicación, añadir más estaciones de medición de la contaminación del aire y, por supuesto, que la ZBE se aplique a toda la ciudad de Valencia, y no solo al interior de las rondas.
Vehículos afectados
La aplicación de la ZBE afectará a turismos, motocicletas y ciclomotores con la etiqueta A, según el catálogo de distintivos medioambientales de la DGT. Esto es, vehículos de gasolina matriculados antes del 2001 y los de diésel antes de 2006.
No obstante, se aplicarán algunas excepciones. Quedarán excluidos de las restricciones los vehículos asociados a actividades económicas (Pymes, autónomos...), con el fin de proteger los intereses económicos y sociales de la ciudad.
Tampoco tendrán obligación los vehículos usados por titulares de tarjeta de estacionamiento PMR (para personas con movilidad reducida), los de familias numerosas o con menores de tres años, aquellos en los que viajan embarazadas o personas con movilidad reducida temporalmente o los vehículos de emergencias, servicios esenciales y los considerados históricos, aunque estos últimos tendrán la limitación de 96 accesos anuales.
Asimismo, para aquellos vehículos considerados como más contaminantes y que no cumplan los criterios para ser excepcionados, la ordenanza contempla un derecho de 48 accesos anuales a la Zona de Bajas Emisiones.
Por último, se aprobará un título gratuito temporal de EMT para las personas empadronadas en Valencia y titulares de vehículos afectados por las restricciones que lo achatarren y no adquieran otro vehículo durante el tiempo de validez del título. También se prevé permitir el acceso diurno a la ciudad de camiones cero emisiones de hasta 18 toneladas, siempre que no superen los 8 metros de longitud total, actualizando de esta forma la actual Ordenanza de Movilidad.