La nueva Renta Valenciana de Inclusión (RVI) está a punto de cambiar las condiciones de acceso a esta ayuda económica en la Comunitat Valenciana. La prestación, aprobada en abril de 2026, entrará en vigor el próximo 20 de octubre, seis meses después de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), y llegará con novedades relevantes para las personas jóvenes.
La RVI está diseñada para garantizar un nivel de vida adecuado a las unidades de convivencia que no dispongan de recursos económicos suficientes. Una de las principales novedades de la nueva normativa es que la prestación será compatible con el trabajo y con el Ingreso Mínimo Vital (IMV), al tiempo que amplía las posibilidades de acceso a determinados colectivos.
Pero la ayuda no se limita a una cantidad económica mensual. La nueva Renta Valenciana de Inclusión lleva asociadas otras medidas, entre ellas ayudas de hasta el 30 % para el alquiler o la hipoteca, acceso gratuito a recetas médicas, libros y comedor escolar y ayudas vinculadas a tener hijos.
Uno de los cambios más destacados de la Ley 2/2026, de 14 de abril, afecta a las personas jóvenes. La norma establece los 23 años como edad general para ser titular de la prestación, aunque contempla excepciones para quienes tengan entre 18 y 22 años y sean huérfanos o hayan estado bajo protección de la Generalitat.
Para poder solicitar la ayuda es necesario encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica y social, haber solicitado previamente otras prestaciones, pensiones o subsidios públicos sin haberlos rechazado y no haber rechazado una oferta de empleo adecuada en los meses anteriores.
En el caso de las personas solteras de entre 23 y 30 años, existe además un requisito específico: deberán haber vivido de forma independiente durante al menos los dos años anteriores a la solicitud. En el momento de pedir la prestación tampoco podrán encontrarse en situación de alta laboral y deberán cumplir los requisitos establecidos de vulnerabilidad o residencia.
Hasta 1.031,94 euros al mes
La cantidad que se puede recibir depende del número de personas que formen parte de la unidad de convivencia. Para una persona sola, la cuantía máxima mensual se sitúa en 793,80 euros, mientras que para dos personas alcanza los 929,88 euros y para tres personas llega a 1.020,60 euros. En unidades de convivencia de seis o más personas, el importe puede alcanzar los 1.247,40 euros al mes.
La nueva normativa unifica además las antiguas modalidades de la RVI en una única prestación y elimina la exclusión que afectaba a trabajadores con salarios muy bajos. También se han eliminado determinadas incompatibilidades, de modo que prestaciones como el subsidio por desempleo o la ayuda para víctimas de violencia, antigua RAI, no impiden recibir la RVI, sino que se contabilizan como ingresos de la unidad familiar.
La cuantía base para una unidad de convivencia formada por una sola persona equivale al 100 % del IPREM ajustado y queda fijada en 793,80 euros mensuales. A esta cantidad se puede sumar un complemento específico para quienes tengan que afrontar el pago de una vivienda habitual. La ley establece un incremento obligatorio del 30 % sobre el importe base cuando la persona beneficiaria paga un alquiler mensual o una cuota de préstamo hipotecario por su vivienda habitual.
En el caso de una persona joven que viva sola, este complemento eleva la ayuda directa hasta los 1.031,94 euros mensuales. La nueva RVI incorpora además un incentivo para evitar que encontrar un empleo suponga perder automáticamente la prestación. En el caso de los beneficiarios jóvenes, la ayuda podrá compatibilizarse con el salario durante un periodo de hasta 12 meses.


