Los mercados municipales de València van a cambiar, y no solo en el papel. Este viernes, la Junta de Gobierno Local ha dado luz verde al proyecto inicial de la nueva Ordenanza de Mercados Municipales, una norma que actualiza la regulación vigente desde 2018 y que, según el gobierno local, nace del diálogo con el sector. El texto ha sido consensuado con la Confederación de Mercados Tradicionales de la Comunitat Valenciana, Confemercats, y con las principales asociaciones de vendedores y vendedoras de la ciudad.
Más fruta, menos bisutería: el 10% como límite para los puestos no alimentarios
Uno de los cambios más visibles —y simbólicos— de la nueva ordenanza tiene que ver con la esencia misma de un mercado municipal: que en él se venda comida. Hasta ahora, hasta el 20% de los puestos podía dedicarse a productos no alimentarios. Con la nueva norma, ese porcentaje se recorta a la mitad, quedando fijado en un máximo del 10%. La medida busca frenar una deriva que, sin ser alarmante, incomodaba al sector: la progresiva presencia de artículos que poco tienen que ver con la compra del día a día.
Los mercados municipales en Valencia se mantienen fuertes y siguen siendo un punto de encuentro para muchos vecinos, a los que se suman miles de turistas que visitan la ciudad y a quienes les llama la atención la amplia variedad de productos de calidad y proximidad. Con ese espíritu de proximidad como bandera, la nueva ordenanza quiere que quien entre a un mercado municipal lo haga, sobre todo, a comprar alimentos frescos.
Horarios más claros, pero con margen de adaptación
La ordenanza también moderniza los horarios de funcionamiento. Con carácter general, los mercados podrán abrir entre las 7:30 y las 15:00 horas, con un mínimo de seis horas de actividad diaria. No obstante, esos horarios no son inamovibles: podrán ajustarse en función de lo que acuerden las asociaciones de vendedores de cada mercado, una fórmula que reconoce que no todos los barrios tienen los mismos ritmos de vida.
En cuanto a los festivos, la nueva norma clarifica cuándo se puede abrir y cuándo no. La apertura quedará permitida cuando lo autorice la normativa comercial, pero habrá días intocables: el 1 y el 6 de enero, el 1 de mayo, el 9 d'Octubre y el 25 de diciembre. Nada de puestos abiertos en esas fechas señaladas.
Conciliación y relevo generacional: la ordenanza piensa en las familias detrás del puesto
Quizá uno de los aspectos más humanos —y menos visibles para el comprador habitual— es el que regula la situación de los vendedores cuando la vida se complica. La nueva ordenanza incorpora medidas de conciliación familiar que hasta ahora no estaban previstas de forma expresa. Se establecen criterios para que un puesto pueda seguir funcionando cuando el titular deba atender una situación familiar urgente, así como normas específicas en casos de fallecimiento o durante los procesos de relevo generacional.
Las personas titulares de un puesto o lonja podrán ser sustituidas por su pareja, ascendientes, descendientes y otros familiares por afinidad o consanguinidad, siempre que las personas que ejerzan la venta estén dadas de alta en la Seguridad Social. Una garantía que busca que el negocio familiar no se detenga por burocracia.
Seguridad jurídica para frenar la especulación con los puestos
La nueva ordenanza también aborda un problema silencioso: la posibilidad de que alguien obtenga una concesión de puesto sin intención real de trabajarlo. Para evitarlo, las personas adjudicatarias de un puesto no podrán traspasar su titularidad hasta un año después de obtenida la licencia, salvo en casos de incapacidad permanente u otras circunstancias excepcionales previstas en la legislación. Un cortafuegos contra la especulación que refuerza la vocación de continuidad de quienes acceden a una plaza.
Además, se regula de forma más clara la transmisión de las concesiones en situaciones como la incapacidad permanente o circunstancias familiares sobrevenidas. El objetivo es que los negocios familiares puedan sobrevivir a sus fundadores y que el comercio tradicional no desaparezca con el titular original.
Nuevas normas de convivencia: sin perros, sin patinetes y con calzado
La ordenanza también pone negro sobre blanco algunas normas de convivencia que, aunque parezcan de sentido común, no estaban reguladas de forma explícita. Queda prohibida la entrada de animales en los mercados, con la excepción de los perros lazarillo, y tampoco se podrá acceder descalzo, sin camiseta, ni con bicicletas o patinetes. Pequeñas normas que, en conjunto, aspiran a hacer del espacio del mercado un lugar más ordenado y seguro para todos.
En materia de promoción comercial, la nueva ordenanza permite que el Ayuntamiento firme convenios con entidades públicas y privadas, y refuerza el papel de las asociaciones de vendedores como agentes activos en la vida de cada mercado.
"Se trata de ir más allá de una simple revisión administrativa: adaptamos la ordenanza a la realidad actual, y lo hacemos de la mano del sector" - Juan Carlos Caballero, portavoz municipal del Ayuntamiento de València
Ahora comienza el periodo de información pública y el trámite parlamentario correspondiente antes de que la norma entre en vigor. El Mercado Central de Valencia es uno de los más grandes y antiguos de Europa, situado en el corazón de la ciudad en un edificio modernista inaugurado en 1928, con más de 300 puestos que ofrecen todo tipo de productos frescos. Ese legado, multiplicado por todos los mercados de barrio repartidos por la ciudad, es exactamente lo que esta ordenanza aspira a preservar y actualizar: un modelo de comercio de proximidad que, en un mundo de supermercados y entregas a domicilio, sigue teniendo algo que ningún algoritmo puede ofrecer.


