La reforma de tráfico que comienza a aplicarse este jueves 1 de octubre introduce nuevas condiciones para circular en España y afecta a perfiles muy diferentes, desde quien utiliza un patinete eléctrico para desplazarse hasta quien conduce una moto o se encuentra atrapado en una retención en una autovía. El Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación, incorpora nuevas obligaciones para los usuarios de la vía y modifica algunas de las situaciones más habituales al volante.
Normas para patinetes y eliminación del semáforo ámbar
Quienes utilicen un vehículo de movilidad personal tendrán que cumplir desde este jueves una serie de requisitos que hasta ahora no se aplicaban. El primero afecta directamente a la edad, ya que no podrán conducir patinetes eléctricos los menores de 15 años. El casco pasa a ser obligatorio y deberá estar homologado o certificado y correctamente abrochado.
Los usuarios también tendrán que utilizar el brazo para indicar las maniobras que vayan a realizar. Desde el anochecer hasta el amanecer, así como cuando la visibilidad sea reducida de forma significativa, será necesario llevar al menos un elemento luminoso o reflectante que pueda verse a 150 metros. En esas condiciones, el propio alumbrado del patinete deberá permanecer encendido.
Una de las modificaciones que afectará directamente a los cruces urbanos tiene que ver con los semáforos en ámbar. A partir del 1 de octubre, cuando el peatón tenga autorización para cruzar en una intersección, el semáforo de los vehículos deberá mostrar el rojo. Hasta ahora, en determinados cruces podían coincidir el verde para los peatones y un ámbar intermitente para los vehículos. Esta posibilidad desaparece con la nueva regulación.

Adelantamiento de bicicletas
La reforma también introduce nuevas condiciones para la circulación de bicicletas. Si no existe un carril bici o una vía específicamente destinada a ellas, la regla general será utilizar la calzada. Los ciclistas podrán colocarse en el centro del carril cuando hacerlo sea compatible con las condiciones de seguridad.
En esencia, la acera queda reservada para quienes caminan, aunque existe una excepción que podrán contemplar las ordenanzas municipales: los niños de hasta 12 años podrán circular por ella en bicicleta si van acompañados por un adulto que se desplace a pie.
Además, cuando una bicicleta circule delante de un vehículo a motor en el mismo carril dentro de una vía urbana, el conductor tendrá que mantener una distancia de al menos cinco metros. En carretera, el uso del casco seguirá siendo obligatorio para los ciclistas fuera de poblado. Para los menores de 16 años, la obligación se extiende a todo tipo de vías.
Los conductores tendrán que prestar especial atención cuando se encuentren con ciclistas, peatones, patinetes, ciclomotores o animales. La distancia lateral mínima durante el adelantamiento será de 1,5 metros. Pero no será la única condición. Si existen varios carriles en el mismo sentido, la maniobra deberá realizarse mediante un cambio completo de carril. Fuera de poblado habrá además que reducir la velocidad durante el adelantamiento: el vehículo deberá circular como mínimo 20 km/h por debajo del límite establecido en ese tramo.
La misma distancia lateral de 1,5 metros se aplicará al pasar junto a vehículos que estén detenidos por una avería o accidente cuando ocupen total o parcialmente el carril, así como junto a equipos que estén realizando trabajos o prestando asistencia en la vía. En estas situaciones también será necesario reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la carretera.

Equipamiento para motoristas y atasco en autovías
Quienes conduzcan una motocicleta o un ciclomotor también encontrarán novedades. En las vías interurbanas, tanto el conductor como el pasajero tendrán que llevar guantes de protección. El calzado tendrá que cumplir igualmente unas condiciones concretas: deberá ser cerrado y cubrir todo el pie, una obligación que se aplicará tanto dentro como fuera de poblado. A esto se suma el chaleco reflectante, que formará parte del equipamiento obligatorio de las motocicletas. Los profesionales que se desplacen por motivos laborales en moto, bicicleta o patinete deberán utilizarlo mientras circulen.
También se regula qué pueden hacer las motos cuando una carretera está colapsada. No podrán utilizar libremente cualquier arcén para avanzar entre los vehículos detenidos. Solo podrán hacerlo por el arcén derecho cuando exista un tramo habilitado y señalizado específicamente para ello y los carriles estén parados debido a la congestión. En ese caso, tendrán que circular uno detrás de otro y a un máximo de 30 km/h.
Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o tengan que detenerse, los conductores deberán organizarse para dejar libre una zona por la que puedan pasar los servicios prioritarios. La ubicación de ese espacio dependerá del número de carriles. Si la vía tiene dos carriles por sentido, el hueco se creará entre ambos. Si hay tres o más, se abrirá entre el carril situado más a la izquierda y el siguiente. Los vehículos del carril izquierdo tendrán que desplazarse hacia la izquierda, mientras que los que ocupen los demás carriles deberán apartarse hacia la derecha.


