Hacienda publica la orden de cierre del presupuesto de 2021 para su finalización y liquidación

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El conseller de Hacienda, Vicent Soler
El conseller de Hacienda, Vicent Soler

La Conselleria de Hacienda y Modelo Económico ha publicado la orden por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2021 relativas a la contabilidad del presupuesto de gastos en la Administración de la Generalitat y sus organismos autónomos integrados en el sistema de contabilidad de la Generalitat.

Esta disposición se justifica por la necesidad de ordenar las operaciones y procedimientos para el cierre del ejercicio presupuestario a los efectos de su finalización y consiguiente liquidación.

Así, el plazo para la tramitación y entrada en las intervenciones delegadas de cada departamento de los documentos contables de compromiso o disposición del gasto y los acumulados en un solo acto finalizará el 15 de diciembre, tanto para documentos de ejercicio corriente como de ejercicios posteriores.

Por su parte, los expedientes correspondientes a gastos extrapresupuestarios y de reconocimiento de obligaciones correspondientes a gasto ya comprometido jurídicamente frente a terceros hasta la fecha que se refiere el párrafo anterior, tendrán como fecha límite de entrada en las intervenciones delegadas el 30 de diciembre.

Asimismo, se fija el 16 de diciembre como último día para la presentación en las intervenciones delegadas de las variaciones e incidencias del capítulo I, o de personal, excepto para todos los documentos contables que sean necesarios para la adecuada contabilización de la nómina y demás gastos que deban imputarse al capítulo I, que podrán tramitarse hasta el 30 de diciembre.

Fondos de Caja Fija

Por lo que respecta a los fondos de Caja Fija, la orden establece que el 23 de diciembre será el último día hábil para realizar pagos con cargo a estos fondos.

Además, la fecha de entrada en las intervenciones delegadas será como máximo hasta el 30 de diciembre, por lo que su contabilización deberá finalizar antes del 12 de enero de 2022.

Del mismo modo, una vez finalizado el ejercicio presupuestario y se proceda a la apertura del nuevo presupuesto (con la finalidad de tener cobertura para los fondos de Caja Fija), durante el primer mes del año se dará máxima prioridad a los documentos contables que son necesarios para la apertura de estas cajas.

En cuanto a las propuestas de 'gastos a justificar', tendrán entrada como máximo en las intervenciones delegadas el 15 de diciembre. Con relación a los libramientos pendientes de justificar, deberán quedar íntegramente justificados, bien con las justificaciones de pago correspondientes, bien con entrega de talón, por los fondos entregados y no justificados, a los efectos de tener entrada en las intervenciones delegadas hasta el 17 de diciembre.

No obstante, los fondos librados a justificar para el pago de expropiaciones y adquisición de viviendas, podrán presentarse en las intervenciones delegadas hasta el 17 de diciembre, y el reintegro de los fondos no invertidos y las cuentas justificativas de estos fondos, hasta el 30 de diciembre.

Tramitación de modificaciones de crédito

Igualmente, se establece el 17 de diciembre como fecha límite para la recepción en la Dirección General de Presupuestos de las modificaciones de crédito a las que se refiere el Decreto 77/2019 del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat.

Gastos financiados con fondos finalistas

En relación con los gastos financiados con fondos finalistas, las conselleries que los gestionan deberán remitir a la Dirección General de Presupuestos la relación de saldos disponibles y de autorización que no vayan a ejecutarse en lo que resta de ejercicio antes del 17 de diciembre, para que pueda procederse a realizar los ajustes necesarios, y así evitar desajustes temporales entre los ingresos finalistas y los gastos afectados por aquellos.

Por último, respecto al Sector Público Instrumental, se establece el 17 de diciembre como fecha límite para la recepción en la Dirección General de Presupuestos de las propuestas de variación de límites establecidos en la Ley 1/2015 de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.

 

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