La Seguridad Social cambia la letra pequeña de los 15 años cotizados: así afecta a tu jubilación

La nueva normativa flexibiliza uno de los requisitos para acceder a la pensión beneficiando a quienes tienen carreras laborales con interrupciones

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Pensionista revisando informe Seguridad Social (generada por IA)
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Acceder a una pensión contributiva de jubilación no depende únicamente de haber cotizado 15 años. La Seguridad Social exige además cumplir un requisito menos conocido que, hasta ahora, ha dejado fuera a muchos trabajadores con carreras laborales irregulares, periodos de desempleo o interrupciones por cuidados familiares.

Sin embargo, la normativa ha introducido una modificación que flexibiliza este requisito y facilita el acceso a la jubilación para determinadas personas. El cambio afecta a la denominada carencia específica, es decir, la obligación de acreditar parte de la cotización en un periodo concreto antes de solicitar la pensión. Esta medida busca adaptarse a trayectorias laborales cada vez más discontinuas y evitar que quienes sí han cotizado el mínimo exigido pierdan el derecho a la prestación por no cumplir ese requisito temporal.

Qué cambia en el requisito de cotización

Para acceder a la pensión contributiva de jubilación es necesario haber cotizado al menos 15 años a lo largo de la vida laboral. Pero la legislación también exige que dos de esos años estén comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de solicitar la jubilación. Es lo que se conoce como carencia específica.

La modificación normativa flexibiliza la forma de acreditar este requisito para determinadas situaciones, especialmente en carreras laborales con interrupciones, de modo que no se penalice a quienes han dejado de trabajar durante un tiempo por causas justificadas. El objetivo es facilitar el acceso a la pensión a trabajadores que, pese a cumplir el periodo mínimo de cotización, podían quedar excluidos por no reunir esos dos años en el tramo final de su vida laboral.

Quiénes pueden beneficiarse de la flexibilidad de la carencia específica en la jubilación

La medida puede resultar especialmente relevante para personas que han alternado empleo y desempleo, trabajadores con largas excedencias por cuidado de familiares, mujeres con carreras laborales interrumpidas o profesionales que abandonaron el mercado laboral varios años antes de alcanzar la edad de jubilación.

No obstante, la Seguridad Social recuerda que el requisito de los 15 años mínimos cotizados continúa siendo imprescindible para acceder a una pensión contributiva. Quienes no alcancen ese periodo no tendrán derecho a esta prestación, aunque sí podrán optar, si cumplen las condiciones de ingresos y residencia, a una pensión no contributiva.

Qué ocurre si no llegas a los 15 años cotizados

No alcanzar los 15 años de cotización impide acceder a la pensión contributiva de jubilación. En estos casos, la alternativa es solicitar una pensión no contributiva, destinada a personas que carecen de recursos suficientes y cumplen los requisitos establecidos por la normativa.

Además, conviene recordar que reunir 15 años cotizados tampoco garantiza cobrar el 100 % de la pensión. El importe dependerá de la base reguladora y del total de años cotizados durante la vida laboral. En 2026, la edad ordinaria de jubilación se sitúa en los 65 años para quienes acrediten al menos 38 años y tres meses cotizados y en 66 años y diez meses para el resto.