Adiós a estos envases: la nueva normativa europea introduce estos cambios en la hostelería

A pesar de que la nueva normativa europea entró en vigor el 12 de agosto, tardará en aplicarse en los establecimientos y hosteleria

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Un trabajador en el sector de la hostelería. Imagen: Tomàs Moyà - Europa Press
Un trabajador en el sector de la hostelería. Imagen: Tomàs Moyà - Europa Press
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La nueva normativa de la Unión Europea acerca de los envases ya entró en vigor el pasado 12 de agosto. Desde ese día comenzó a aplicarse con carácter general el Reglamento (UE) 2025/40, que introduce nuevas medidas para reducir los residuos y fomentar la reutilización y el reciclaje.

Esta nueva norma afecta principalmente a fabricantes, distribuidores y establecimientos. Aunque se prevé que los consumidores noten de manera progresiva algunos cambios. El objetivo de Bruselas es reducir el uso de envases innecesarios y avanzar hacia un modelo mucho más sostenible.

La nueva normativa que entró en agosto

El Reglamento europeo sobre envases y residuos fue aprobado en 2024 y entró en vigor en febrero de 2025. No obstante, su aplicación general comenzó el 12 de agosto de este año, aunque algunas de sus obligaciones cuentan con fechas de aplicación diferentes.

En España, el Ministerio para la Transición Ecológica ha aclarado que el nuevo reglamento será aplicable desde esa fecha. Además, se completa la adaptación de la normativa nacional, por lo que continuará aplicándose el Real Decreto 1055/2022 en aquellos aspectos que sean compatibles con las nuevas reglas europeas.

¿El consumidor deberá pagar 10 céntimos por cada botella o lata?

Una de las mayores dudas que se está generando es el supuesto recargo de 10 céntimos por cada envase. Esta cantidad está relacionada con el Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR), previsto para determinados envases de bebidas.

Sin embargo, esto no significa que los bares, restaurantes e incluso supermercados deban comenzar a cobrar automáticamente esos 10 céntimos desde el 12 de agosto.

El Real Decreto ha establecido un depósito mínimo de esa cantidad por envase cuando se aplique este sistema. El importe no supone un coste definitivo para el consumidor, ya que se recupera al devolver correctamente el envase vacío en los puntos habilitados. Por lo tanto, cuando un determinado envase esté sujeto al sistema de depósito, el consumidor adelantará esa cantidad y podrá recuperarla posteriormente al devolverlo.

Los bares deberán adaptarse

Ahora el foco está puesto en los envases de un solo uso utilizados en establecimientos de alimentación y hostelería. El reglamento introduce restricciones para determinados formatos y fomenta alternativas reutilizables.

Esto afectará, entre otros ámbitos, a determinados envases monodosis utilizados para servir alimentos o bebidas. No obstante, no todos los formatos de un solo uso desaparecerán de los bares el 12 de agosto, dado que algunas prohibiciones y obligaciones cuentan con periodos transitorios y fechas de aplicación diferentes.

La intención de Bruselas es reducir aquellos envases que generan residuos innecesarios. Por ello, los establecimientos deberán ir adaptando sus productos y sistemas de servicio a las nuevas exigencias europeas.

El objetivo principal: la reducción de residuos

Este nuevo reglamento busca que los envases sean más reutilizables y reciclables, además de reducir la cantidad de residuos generados. También establece requisitos relacionados con el diseño, el etiquetado y el contenido de material reciclado.

España ya cuenta con objetivos específicos para aumentar la recogida separada de determinados envases. En el caso de las botellas de plástico de un solo uso, estas están incluidas en la normativa nacional y el objetivo de recogida es alcanzar el 90 % en peso para 2029.

Este nuevo cambio tardará en llegar

A pesar de que el 12 de agosto de 2026 fue una fecha clave, no todos los cambios previstos por la normativa comenzaron ese mismo día. El Reglamento 2025/40 establece un calendario progresivo con distintos plazos para las diferentes obligaciones.