Ya es oficial: la Generalitat Valenciana ha dado a conocer toda la información que necesitas saber en relación con las ayudas de comedor escolar para el curso 205-2026. Estas subvenciones, más que necesarias para muchas familias valencianas, están destinadas a cubrir de forma total o parcial el coste del servicio de comedor de aquellos alumnos escolarizados en centros educativos no universitarios de la Comunitat Valenciana, tanto públicos como privados y concertados. Las ayudas, que cuentan con un presupuesto global que alcanza los 76,27 millones de euros, pretenden garantizar un acceso igualitario a los comedores escolares y supondrá un alivio económico para muchas casas.
¿Quién tiene derecho a estas ayudas?
Las ayudas que ha hecho públicas la administración valenciana están dirigidas a los alumnos y alumnas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, así como al alumnado de los centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat. Además, las subvenciones estarán disponibles para el alumnado de tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo en colegios de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat. También se podrán ver beneficiados aquellos estudiantes de colegios concertados y de centros privados que no son competencia directa de la administración valenciana, siempre y cuando cuenten con servicio de comedor escolar.
Asimismo, hay un grupo de estudiantes que tendrán derecho directo a las ayudas de comedor. Se trata de los alumnos escolarizados obligatoriamente fuera de su municipio por falta de oferta educativa, del alumnado de centros específicos o aulas de Educación Especial -tanto públicas como concertadas- y aquellos escolarizados en unidades educativas terapéuticas. También serán beneficiados los menores en situación de acogida familiar y los hijos de familias de acogida, así como los hijos de víctimas de violencia de género, de terrorismo y el alumnado que ya se beneficie de la renta valenciana de inclusión.

Cuantía de las ayudas y cómo y cuándo solicitarlas: esto es lo que debes saber
Una vez conocida la resolución de la Generalitat por la cual se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar para el curso 2025-2026, a todo aquel que esté interesado se le estará llenando la cabeza con las mismas dudas: ¿Cuánto dinero recibiré? ¿Cómo puedo pedir las ayudas? ¿Ya las puedo solicitar? Si este es tu casa, no hace falta que le des más vueltas: a continuación conocerás todo lo que necesitas saber de las nuevas ayudas:
Hasta 12,35 euros al día
-Según la información del DOGV (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana) la cantidad máxima -también conocida como módulo- de ayuda por alumno y día será de 4,35 euros para Infantil, Primaria y ESO; de 5,54 euros para alumnado de Educación Especial y de 12,35 euros para estudiantes de las escuelas-hogar. Además, en zonas rurales o en riesgo de despoblamiento, estas ayudas podrían incrementarse hasta en un 30 %, con la finalidad de paliar y compensar los costes derivados de la dispersión geográfica.
Cómo solicitar las ayudas de comedor escolar
Solicitar las subvenciones es muy sencillo: estas deben formalizarse a través del formulario oficial disponible en la página web de la Conselleria de Educación. A su vez, las familias que ya habían solicitado la ayuda en el curso 2024-2025 podrán confirmar el borrador de solicitud generado en la plataforma ITACA Web Familia. Para que no haya problemas en este tipo de casos, los datos deben ser correctos y estar actualizados; en caso contrario, deberán señalar los cambios en el apartado correspondiente y aportar la documentación justificativa.
Cuándo solicitar las subvenciones: que no se te pase el plazo
El plazo ordinario de presentación abarca desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana -es decir, mañana viernes 4 de julio- hasta el final del periodo de matrícula. Además, los equipos directivos de los centros educativos tienen la obligación de comprobar que las solicitudes estén correctamente rellenadas y firmadas, aparte de custodiar la documentación completada.
Por último, la administración recuerda que presentar la solicitud fuera del plazo establecido supone la inadmisión y, por lo tanto, la no percepción de la ayuda. Además, recuerda que, para cualquier trámite relacionado con la subvención, es obligatorio el alta o modificación de la cuenta bancaria de la entidad familiar solicitante a través de la sede electrónica de la Generalitat, cuenta en la que se cobrarán las ayudas en caso de concesión.