La Generalitat ya ha resuelto las primeras 210 ayudas de 80.000 euros para familias de víctimas de la dana, menos de un mes después de cerrarse el plazo

El Consell ha aprobado definitivamente las primeras 210 ayudas para familiares de 89 víctimas mortales de la dana, de un total de 642 solicitudes recibidas.

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Torrent tras la DANA
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Casi un año después de que las inundaciones de octubre de 2024 arrasaran la provincia de Valencia y se cobraran 230 vidas, la Generalitat ha dado un paso concreto en la atención económica a las familias afectadas. El Pleno del Consell ha tomado razón del informe sobre el estado del procedimiento de concesión de ayudas directas a familiares de víctimas de la dana, y los datos son elocuentes: ya se han resuelto de forma definitiva las primeras 210 ayudas, que han pasado a la fase de gestión económica para su pago efectivo.

Medio centenar de expedientes resueltos en tiempo récord

Que la mitad de los expedientes relativos a fallecimientos estén ya cerrados apenas unas semanas después de que terminara el plazo de presentación de solicitudes —el pasado 25 de mayo— no es un dato menor. Supone que la administración autonómica ha sido capaz de tramitar y resolver, en cuestión de semanas, casos que en otras circunstancias habrían exigido meses de burocracia. Las 210 resoluciones definitivas corresponden a solicitudes de familiares de 89 víctimas mortales, lo que da una idea de la complejidad del proceso: una sola víctima puede generar varios expedientes, tantos como familiares con derecho a la ayuda hayan presentado solicitud.

El Consell ha registrado un total de 642 solicitudes de ayudas vinculadas a la dana del 29 de octubre de 2024, dirigidas a familiares de las víctimas mortales y afectados con incapacidad absoluta y permanente. De ese total, 488 corresponden a daños personales por fallecimiento, y las restantes 152 solicitudes derivan de daños por incapacidad absoluta y permanente.

80.000 euros por víctima, a repartir según el vínculo familiar

El decreto establece la concesión directa de ayudas fijando un importe de 80.000 euros en los supuestos de fallecimiento e incapacidad absoluta y permanente causados directamente por las inundaciones. Sin embargo, esa cifra no va íntegra a un único receptor. No es un importe por solicitante, sino por fallecido o gran inválido: en los casos de fallecimiento, esa cantidad se divide en partes iguales entre todos los beneficiarios con derecho que hayan presentado solicitud.

La ley establece un orden de prelación claro. En los casos de fallecimiento, la ayuda se divide entre el cónyuge o pareja de hecho, los hijos de la persona fallecida, los hijos no biológicos del fallecido si forman parte del núcleo familiar, y en su defecto los padres. Si no existieran estos beneficiarios, podrán acceder a la ayuda los ascendientes de segundo grado y, en último término, los hermanos. Es decir, la norma ha pensado incluso en aquellas víctimas que no dejaron cónyuge ni hijos: nadie queda, en principio, fuera del alcance de la ayuda.

En los casos de cónyuge o pareja e hijos, la cuantía se dividirá en dos mitades: una para el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad y otra para el hijo o hijos, que se repartirá por partes iguales. En los casos de incapacidad absoluta y permanente declarada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y causada directamente por el temporal de lluvias de octubre de 2024, el beneficiario será la persona reconocida en dicha situación.

Una ayuda compatible con seguros y libre de impuestos

Hay dos características de esta ayuda que merecen subrayarse porque tienen un impacto directo en lo que las familias acabarán recibiendo en la práctica. La subvención es compatible con cualquier otra indemnización o subvención, ya sea pública o privada —incluidos los seguros del hogar o de vida—, y además no tributa en la declaración de la renta. Dicho de otro modo: los 80.000 euros llegan íntegros, sin que Hacienda se lleve una parte.

Estas subvenciones se conceden de forma directa por concurrir razones de interés económico, social y humanitario derivadas del carácter excepcional y único de los acontecimientos que motivan el procedimiento, lo que determina la improcedencia de una convocatoria pública. No hace falta competir por ellas ni superar ningún baremo: quien reúne los requisitos, recibe la ayuda.

El Plan Endavant y el largo camino que aún queda por recorrer

Estas ayudas se enmarcan en la nueva fase del Plan Endavant de la Generalitat, iniciada en 2026, que prioriza la atención a las personas y la respuesta social directa, junto a actuaciones en vivienda, empleo, industria, medio ambiente e infraestructuras estratégicas. El plan contempla una respuesta específica para las familias de personas fallecidas y para quienes han resultado gravemente afectados.

Durante el proceso de tramitación, la Dirección General de Atención a Víctimas y Afectados ha gestionado más de 400 comunicaciones entre llamadas telefónicas y correos electrónicos, proporcionando información, orientación personalizada y soporte para la preparación y entrega de solicitudes. Una cifra que habla no solo de la dimensión humana de la catástrofe, sino también del estado de desconcierto y necesidad en que se han encontrado muchas familias durante meses.

Con 210 expedientes resueltos y más de 430 pendientes aún de tramitación, la Dirección General de Víctimas y Afectados del Comisionado para la Recuperación continúa trabajando para cerrar el resto de solicitudes en el menor tiempo posible. Para muchas familias valencianas, ese dinero no es solo una cifra: representa la diferencia entre sostener la vida cotidiana o no poder hacerlo, entre reconstruir lo perdido o quedar atrapados en la incertidumbre de una tragedia que, para ellas, todavía no ha terminado.