Subsidio por desempleo y el IMV: hasta 987 € cobrarán los mayores de 50 años

El informe de la AIReF señala que ambas prestaciones pueden percibirse de forma simultánea si se cumplen con los requisitos establecidos

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El principal objetivo del Ingreso Mínimo Vital (IMV) es prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o forman parte de una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades más básicas.

Actualmente, el IMV es compatible con otras rentas como la del trabajo e incorporar incentivos para favorecer la inserción laboral y mejorar las condiciones de vida. Además, se puede percibir junto a otras prestaciones. En 2024, el 51 % de los hogares beneficiarios del IMV recibió alguna ayuda adicional, mientras que solo el 16 % compatibilizó esta prestación con dos o más ayudas.

Un informe elaborado por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) concluye que el subsidio por desempleo es la prestación que con mayor frecuencia se combina con el IMV. En concreto, el 16,6 % de los titulares del ingreso también percibió este subsidio durante los doce primeros meses de cobro. Sin embargo, únicamente el 17 % de los episodios de percepción del subsidio se desemboca posteriormente en una solicitud del IMV. Entre quienes lo solicitan tras haber recibido el subsidio, solo el 47 % lo hace una vez finalizada dicha prestación.

Compatibilidad para mayores de 50 años

El informe explica que, a partir de los 52 años, el subsidio por desempleo adquiere un carácter más estable y puede mantenerse hasta la jubilación siempre que se continúen cumpliendo los requisitos establecidos. Además, la simultaneidad entre el IMV y este subsidio aumenta de forma significativa a partir de esa edad.

La cuantía mensual del subsidio para mayores de 50 años equivale al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). En 2026, esta ayuda asciende a 480 € mensuales distribuidos en doce pagas, lo que supone un total de 5.760 € al año. A esta cantidad puede sumarse la cuantía del IMV, que en junio alcanzó una media de 507 € por hogar.

De este modo, una persona desempleada de 52 años podría percibir alrededor de 987 € al mes al compatibilizar ambas prestaciones, siempre que reúna los requisitos exigidos.

Además, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) continúa cotizando para la jubilación de los beneficiarios del subsidio sobre una base de cotización de 1.780 € mensuales. Esta medida contribuye a proteger la futura pensión de quienes encuentran mayores dificultades para reincorporarse al mercado laboral.

El informe también concluye que solo el 46 % de los hogares que reciben el IMV continúa percibiéndolo cinco años después. Este porcentaje asciende al 57 % entre los beneficiarios cuya prestación se aproxima más a la renta garantizada y desciende hasta el 34 % entre quienes reciben una cuantía inferior.

Requisitos para acceder al IMV

Las personas que deseen solicitar el Ingreso Mínimo Vital deberán acreditar una residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante, al menos, el último año. Este requisito no se exige a los menores incorporados a la unidad de convivencia, a las víctimas de trata ni a las mujeres víctimas de violencia de género. Asimismo, deberán encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica, que se determina teniendo en cuenta el patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas.

En el caso de las unidades de convivencia, deberán estar constituidas desde, al menos, seis meses antes de la solicitud. Esta circunstancia se acredita por el libro de familia, certificados del Registro Civil o el correspondiente certificado de empadronamiento.

A parte de estos requisitos, los solicitantes deberán cumplir otras condiciones específicas relacionadas con su situación personal y con la composición de la unidad de convivencia.