FGV ampliará el descuento sobre sus tarifas a las familias acogedoras

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Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) aplicará las reducciones sobre sus tarifas dirigidas a familias educadoras también a los miembros de las familias acogedoras. Estas familias son aquellas que tienen un vínculo de parentesco con la persona menor de edad acogida o las que se encuentran unidas al niño, niña o adolescente por una relación afectiva previa y positiva distinta a la de parentesco.Actualmente, FGV ofrece a las personas que disponen del Carné de Familia Educadora un 10 por ciento de descuento sobre el título TuiN y un 10% de descuento sobre el título Bono 30 del TRAM Metropolità d'Alacant, reducciones que próximamente se ampliarán a las familias acogedoras.Para hacer efectiva esta decisión, aprobada por el Consejo de Administración de la empresa pública, se trasladará la misma a la Autoridad del Transporte Metropolitano de València (ATMV), según ha indicado la Generalitat en un comunicado.Los interesados deberán acreditar su situación mediante el carnet de familia acogedora expedido por la Generalitat o cualquier otro organismo oficial competente de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.Esta reducción es acumulable a la de Familia Numerosa y, para su aplicación conjunta, la segunda reducción se efectuará sobre el precio de la primera. Solo podrá realizarse de forma automática la primera reducción, debiendo solicitarse la segunda en las dependencias de FGV designadas al efecto.Esta modificación se aplica tras la publicación del Decreto 35/2021, de 26 de febrero, del Consell de regulación del acogimiento familiar, en cuyo preámbulo se explica que "se ha evidenciado la necesidad de equiparar a todas las familias acogedoras en cuanto a las condiciones en que desarrollan los acogimientos, con independencia de la existencia de un vínculo previo al acogimiento, toda vez que todas las personas menores de edad sujetas a la tutela o guarda de la entidad pública deben recibir la misma protección".En el artículo 6 del Decreto 35/2021, de 26 de febrero, se confirman las modalidades de acogimiento que se habían definido en la normativa autonómica anterior y que, según se explica en el propio Decreto, se basan en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.La familia acogedora extensa es aquella que tiene un vínculo de parentesco con la persona menor de edad acogida, así como aquellas que se encuentren unidas al niño, niña o adolescente por una relación afectiva previa y positiva distinta a la de parentesco. Mientras que la familia acogedora educadora o ajena es toda familia que no tenga un vínculo de parentesco con la persona menor de edad acogida o relación afectiva previa referida en el caso de las familias acogedoras extensas.FGV solicitó ya hace años la adhesión al Programa Carné de Familia Educadora, la cual fue confirmada mediante Resolución de la Directora General de Servicios Sociales y Menor de 10 de febrero de 2015.

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