¿Vives con tus padres y tienes más de 23 años? Este es el requisito para cobrar el Ingreso Mínimo Vital

La ayuda puede alcanzar los 733,60 euros al mes en 2026, pero la Seguridad Social exige cumplir unas condiciones

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Joven con sus padres en casa (generada por IA)
Joven con sus padres en casa (generada por IA)
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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una de las ayudas de la Seguridad Social destinadas a garantizar unos ingresos mínimos a las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Aunque suele asociarse a familias con pocos recursos, también contempla la posibilidad de que una persona lo cobre de forma individual, incluso si continúa viviendo en casa de sus padres.

Esta opción puede resultar especialmente relevante para los jóvenes que tienen dificultades para emanciparse debido al precio de la vivienda y la inestabilidad laboral. Sin embargo, cumplir 23 años y tener ingresos reducidos no garantiza el acceso a la prestación. La normativa establece una serie de condiciones que deben acreditarse para que la Seguridad Social reconozca el derecho a cobrarla.

En 2026, la renta garantizada para un beneficiario individual del IMV se sitúa en 733,60 euros mensuales. Esta cantidad constituye la referencia para determinar si se cumplen los requisitos económicos, aunque no significa que todos los solicitantes vayan a recibir ese importe íntegro. La cuantía final depende de los ingresos computables y de las circunstancias de cada persona.

El requisito para cobrar el IMV si tienes entre 23 y 29 años y vives con tus padres

Uno de los aspectos fundamentales es demostrar que el solicitante puede acceder a la prestación como beneficiario individual, sin integrarse en la unidad de convivencia de sus progenitores. Para ello, no basta con declarar que se tienen gastos propios o que no se depende económicamente de la familia.

La Seguridad Social establece que las personas de entre 23 y 29 años deben acreditar, con carácter general, que han vivido de forma independiente en España durante los dos años anteriores a la solicitud. Este requisito incluye haber residido en un domicilio distinto al de sus progenitores o tutores y acreditar los periodos de alta en la Seguridad Social, en Clases Pasivas del Estado o en una mutualidad alternativa, según corresponda.

Eso sí, la normativa contempla excepciones para determinadas situaciones, como algunos supuestos de violencia de género o de separación o divorcio, por lo que conviene comprobar las circunstancias concretas antes de presentar la solicitud.

Además, para solicitar el IMV de forma individual, el interesado debe cumplir las condiciones personales previstas en la normativa. Entre ellas, no estar casado (salvo las excepciones contempladas legalmente), no estar unido a otra persona como pareja de hecho y no formar parte de otra unidad de convivencia.

Cuánto puedes cobrar y qué ingresos tiene en cuenta la Seguridad Social

La cuantía del Ingreso Mínimo Vital depende de los ingresos y del patrimonio de la persona solicitante o de la unidad de convivencia que corresponda. En el caso de un beneficiario individual, la renta garantizada en 2026 es de 733,60 euros al mes, equivalentes a 8.803,20 euros anuales.

No obstante, esta cifra no representa una paga fija que se conceda automáticamente a cualquier persona que cumpla 23 años. El IMV funciona como una prestación destinada a completar los ingresos hasta alcanzar la renta garantizada correspondiente, siempre que se cumplan el resto de condiciones y que la diferencia reconocida alcance el mínimo legal para generar derecho a la ayuda.

Para determinar si existe vulnerabilidad económica, se tienen en cuenta los ingresos y el patrimonio computables conforme a las reglas de la prestación. Con carácter general, se valoran los datos económicos del ejercicio anterior, aunque la normativa también contempla determinados supuestos en los que pueden considerarse cambios en los ingresos del año en curso.

Quienes quieran comprobar si pueden beneficiarse de esta prestación pueden utilizar el simulador disponible en los canales oficiales de la Seguridad Social y consultar la documentación necesaria para presentar la solicitud. El trámite puede realizarse a través de los servicios habilitados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, tanto con certificado electrónico o Cl@ve como mediante la modalidad disponible para quienes no cuentan con estos sistemas de identificación.