La pensión de jubilación no tiene por qué ser la única cantidad que se recibe de la Seguridad Social. Y es que, aunque hay personas que todavía no lo saben, si has tenido hijos (uno o más) puedes tener derecho a un complemento económico que aumente tus ingresos mensuales. Eso sí, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos.
Esta "ayuda" de la Seguridad Social es el complemento para reducir la brecha de género, una compensación que también está al alcance de los hombres y cuya cuantía depende del número de descendientes. En 2026, este complemento permite sumar hasta 147,60 euros al mes a la pensión, en el caso de quienes tengan cuatro hijos o más. La cuantía se actualiza anualmente y se abona junto a la prestación contributiva, por lo que puede suponer un incremento de los ingresos durante todo el año.
La ayuda busca, de esta manera, compensar el perjuicio que la dedicación al cuidado de los hijos puede ocasionar en la trayectoria laboral y, en consecuencia, en las prestaciones que se perciben después de la jubilación. Aunque inicialmente se diseñó para corregir la brecha de género que afecta a las pensiones de las mujeres, la normativa y la jurisprudencia europea también permiten el acceso a los hombres que reúnan las condiciones correspondientes.

Cuánto dinero se puede sumar a la pensión por cada hijo
La cuantía del complemento en 2026 es de 36,90 euros mensuales por hijo, con un límite de cuatro descendientes. Por tanto, el importe que puede añadirse a la pensión varía según el número de hijos:
- Un hijo: 36,90 euros al mes.
- Dos hijos: 73,80 euros al mes.
- Tres hijos: 110,70 euros al mes.
- Cuatro hijos o más: 147,60 euros al mes.
El complemento se abona en 14 pagas, incluidas las dos extraordinarias de junio y noviembre. Así, quienes tengan reconocido el importe máximo pueden percibir hasta 2.066,40 euros al año por este concepto.
Quién puede solicitar el complemento de la Seguridad Social
Pueden acceder a esta ayuda las personas beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación (salvo la jubilación parcial), incapacidad permanente o viudedad causada a partir del 4 de febrero de 2021, siempre que cumplan los requisitos aplicables. Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de mayo de 2025, los hombres pueden acceder a la ayuda en las mismas condiciones que las mujeres, sin tener que acreditar requisitos adicionales relacionados con su trayectoria laboral. Eso sí, el complemento solo puede reconocerse a uno de los progenitores por los mismos hijos.
La solicitud puede realizarse ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), junto con la tramitación de la pensión o a través de los canales habilitados por la Administración.


