Tener vacaciones contratadas antes del 29 de mayo eximirá de ser miembro de una mesa electoral

La Junta Electoral Central ha determinado que haber comprado un viaje o una estancia vacacional antes del 29 de mayo será un motivo justificado para no acudir como miembro de una mesa

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Una mujer sostiene un sobre y una papeleta antes de votar
Una mujer sostiene un sobre y una papeleta antes de votar

Después de la polémica suscitada con la convocatoria de elecciones el próximo 23 de julio anunciada por Pedro Sanchez hace poco más de una semana, la Junta Electoral Central (JEC) ha establecido un nuevo motivo que podrá eximir a una persona que sea llamada a formar parte de una mesa electoral.

Así, la JEC ha confirmado que tener un viaje o una estancia vacacional y haberlo contratado o comprado antes del 29 de mayo (cuando el presidente del Gobierno convocó los comicios generales) podrá ser usado como excusa para no acudir como miembro de una mesa. 

En ese sentido, se prevé que la elección de los tres miembros que conforman cada una de las mesas electorales, se produzca durante la última semana de junio. Será a partir de ese momento cuando la ciudadanía pueda recibir en su domicilio una notificación informando que tendrán que formar parte de una de estas el 23 de julio. Tras ello, cada persona dispondrá de un periodo de siete días en el que podrá iniciar las alegaciones a la Junta Electoral exponiendo por qué no podrá asistir el 23 de julio.  

Otros motivos que permiten librarse de estar en una mesa electoral

Además del reciente anuncio de la JEC sobre los viajes o estancias vacacionales, existen otros motivos contemplados por la junta que también se considerán justificaciones y que exoneran a una persona de ser miembro de estas.

Es el caso de ser mayor de 65 años, tener algún tipo de discapacidad, estar embarazada de seis o más meses o también estar de baja maternal. Además, estar internado en centros penitenciarios o en hospitales psiquiátricos también eximirá a una persona que haya sido convocada como miembro de una mesa.

También hay otras causas relacionadas con el ámbito profesional que pueden ser utilizadas para no estar en una mesa. Es el caso de prestar servicio durante el día de la selecciones a juntas electorales, juzgados y a las administraciones públicas que tengan encomendadas las funciones electorales. O también si una persona que trabaje en los ámbitos sanitarios, de protección civil o el servicio de bomberos. Puedes consultar la lista completa de motivos que te librarán de estar en una mesa electoral aquí.

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