La futura Ley de FP contempla que las empresas impartan hasta un 40% del currículo
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El Consejo de Ministros ha analizado este martes en primera lectura el anteproyecto de Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional, "una de las palancas de cambio" y "una de las leyes más importantes" que el Ejecutivo tiene proyectada a lo largo de esta legislatura, según ha afirmado la ministra portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en rueda de prensa posterior al Consejo.Según el texto, que todavía está sujeto a cambios, el Gobierno pretende que las empresas puedan impartir entre un 20% y un 40% del currículo y que toda la Formación Profesional sea dual. "Por primera vez se regula en España el carácter dual de la Formación Profesional", ha celebrado la ministra de Educación y FP, Isabel Celaá, que ha desgranado algunos detalles del anteproyecto de ley.La futura norma establece una oferta modular y flexible de Formación Profesional dirigida por primera vez a estudiantes y trabajadores, (tanto empleados como desempleados) y ordenada en itinerarios formativos que permiten la progresión a través de cinco grados ascendentes: Grado A (Acreditación parcial de competencias); Grado B (Certificado de Competencia Profesional); Grado C (Certificado Profesional); Grado D (Ciclos Formativos: Grado Básico, Grado Medio y Grado Superior); y Grado E (Cursos de especialización: título de especialista y Máster Profesional).Esta nueva estructura facilitará el acceso a todo un abanico de formaciones de distinta duración y volumen de aprendizajes que incluye, por primera vez, unidades formativas o "microformaciones" (Grado A), hasta alcanzar los títulos y cursos de especialización (Grados D y E).De esta forma, cada persona podrá diseñar y configurar itinerarios propios adaptados a sus expectativas profesionales, sus circunstancias personales o sus necesidades laborales, según ha comentado la ministra.Toda la oferta en ciclos de los Grados C, D y E tendrá carácter dual y se dividirá en dos tipos: FP en Régimen dual general y Fp en Régimen dual avanzado o en alternancia.Se considerará FP de régimen dual general aquella formación cuya duración de la estancia en empresa sea de entre el 25% y el 35% de la duración total de la formación ofertada y cuando la empresa asuma hasta un 20% de los resultados de aprendizaje del currículo. Esta modalidad de FP dual tiene naturaleza de formación práctica tutorizada no generadora de vinculación contractual con el centro de trabajo, ni percepción de remuneración alguna.Mientras, se considerará FP en régimen dual avanzado o en alternancia cuando la duración de la estancia en la empresa sea de entre el 35% y el 50% de la duración total de la formación y cuando la empresa asuma hasta un 40% de los resultados de aprendizaje o módulos profesionales del currículo. A diferencia de la FP dual general, esta modalidad de FP dual constituirá una relación contractual retribuida del estudiante con la empresa."Se refuerza así la relación entre los centros de FP y los centros de trabajo; la formación se hará tras la distribución previa de ambas partes de tareas formativas y de contenidos curriculares, siempre bajo la responsabilidad de las comunidades autónomas y los centros", ha explicado Celaá, que apuesta por una FP "de primer nivel que dé respuestas a las demandas del mercado laboral y responda a los intereses, expectativas y aspiraciones de las personas a lo largo de su vida".
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