Nuevas deducciones fiscales en la Renta para los valencianos. El president de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, ha anunciado que a la política de alivio fiscal de la Comunitat Valenciana se sumará también la relacionada con la práctica de la música. Con esta incorporación a la lista de deducciones fiscales de la Comunitat Valenciana, la región valenciana se convierte en la primera en España en beneficiar a las personas que practican la actividad musical.
¿En qué consistirá la nueva rebaja fiscal de música?
Como ha explicado el president de la Generalitat, se permitirá desgravarse hasta 150 euros en gastos derivados de:
- La compra de instrumentos o partituras.
- Coste en formación.
- Cuotas de escuelas, conservatorios o sociedades musicales.
Esta nueva deducción fiscal tendrá “efecto inmediato y con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025”. De esta manera, esta rebaja se podrá aplicar en la declaración de la Renta que los valencianos tendrán que hacer este 2026.

Otras rebajas fiscales en la Comunitat Valenciana
Los 150 euros por la práctica de la actividad musical se suman a otras deducciones que ya se están aplicando en la Comunitat Valenciana en materia de salud, educación y deporte. Unas deducciones que, a partir de ahora, podrán utilizarlas los valencianos con un nivel de renta de hasta 60.000 euros en las declaraciones individuales y 78.000 en las conjuntas.
Deducciones fiscales 2026: todo lo que puedes desgravar en la Comunitat Valenciana
- Tratamientos y cuidados de personas con enfermedades crónicas de alta complejidad, daño cerebral adquirido o Alzheimer: hasta 100 euros (para familias numerosas o monoparentales, el límite sube a 150 euros).
- Gastos de salud bucodental no estética: hasta 150 euros.
- Gastos relacionados con la salud mental: hasta 150 euros.
- Gastos de óptica, como cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza: hasta 100 euros.
- Por hijo o menor en acogimiento permanente escolarizado, tanto en centros públicos como privados concertados, incluyendo Educación Primaria, Secundaria y unidades de educación especial: 110 euros.
- Por nacimiento, adopción o acogimiento familiar: 300 euros; y 246 euros en caso de parto o adopción múltiple.
- Por hijos con discapacidad, ajustados según el grado de discapacidad y la existencia de hermanos con discapacidad: hasta 303 euros.
- Para familias numerosas o monoparentales de categoría general y especial: entre 330 y 660 euros.
- Guarderías o centros de primer ciclo de educación infantil para menores de tres años: el 15% de los gastos destinados.
- Por hijo entre tres y cinco años para favorecer la conciliación laboral y familiar, también aplicable a acogimientos preadoptivos: 460 euros.
- Por contribuyentes con discapacidad mayores de 65 años o ascendientes mayores de 75 años o con discapacidad reconocida: 197 euros.
- Gastos en la práctica del deporte, como gimnasios, federaciones deportivas o entrenadores: se puede desgravar el 30% del gasto hasta un máximo de 150 euros.
- Gastos derivados de la práctica de la actividad musical: hasta 150 euros.


