Cómo no perderse en la declaración de la Renta 2021

La Agencia Tributaria abrió este 6 de abril el plazo para confirmar o modificar y presentar por internet la declaración de la renta

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Una oficina de la Agencia Tributaria, donde se puede acudir presencialmente para la declaración de la renta
Una oficina de la Agencia Tributaria, donde se puede acudir presencialmente para la declaración de la renta

Con la campaña de la declaración de la renta 2022 ya iniciada, son muchos los contribuyentes que deberán reflejar los ingresos y gastos del ejercicio 2021. Desde este 6 de abril hasta el mes de junio es el tiempo que tienes para realizarla.

La Agencia Tributaria ha abierto así el plazo para confirmar o modificar y presentar por internet la declaración de la renta de más de 21,9 millones de contribuyentes correspondiente al ejercicio 2021.

¿Quién debe hacer la declaración?

La mayoría de las personas están obligadas a hacer la declaración de la renta. Sin embargo, hay excepciones. Y es que los contribuyentes con rentas del trabajo hasta los 22.000 euros anuales no están obligados. Aunque el límite se reduce a 14.000 euros si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones).

Tampoco tienen que declarar aquellos contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas o ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

¿Cómo se consigue ‘Clave Pin’ y el número de referencia?

La obtención de Clave PIN requiere dos pasos, un registro previo único y una solicitud posterior cada vez que lo necesite el contribuyente de cara a hacer la declaración de la renta.

Por internet se realiza el registro previo para el que hay que seguir las instrucciones de la carta que la Agencia remitirá a quienes la soliciten a través de la opción ofrecida en el apartado de la página web de la AEAT 'Clave PIN'. En este caso, deberá proporcionar el DNI, su fecha de validez y el número de móvil.

Otra forma de efectuar el registro previo es por videollamada, o en las oficinas de la Agencia, aportando el DNI y un número de teléfono móvil, sin necesidad de documentación adicional. Una vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún trámite, podrá solicitar el PIN de acceso desde el enlace disponible en el propio trámite, o desde la 'app'.

Para ello se debe consignar el NIF y la fecha de validez del DNI, a lo que se añade una contraseña de cuatro caracteres que ya vendrá dada para cada solicitud. Seguidamente, recibirá por SMS un PIN de tres caracteres que, junto con la contraseña, forman el código de acceso necesario para realizar sus trámites.

Así, para la obtención del número de referencia mediante el servicio REN0 en la página de la Agencia, se solicitará el NIF, la casilla 505 de la Renta 2020 y la fecha de validez del propio DNI. A los no declarantes en el ejercicio anterior, o con la casilla de su Renta 2020 con valor cero, en lugar de la casilla 505 se les solicitarán los últimos dígitos del código de una cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente. Con la intención de facilitar su uso, el número de referencia estará formado por sólo seis caracteres.

Desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio estará operativo el plan 'Le Llamamos' para que contribuyentes menos acostumbrados a las nuevas tecnologías puedan hacer la declaración de la renta sin problemas.

Otras formas de presentar la declaración

Así, hay otras fórmulas para presentar la declaración de la renta 2021. Según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago.

Las vías no presenciales (sin desplazamiento a las oficinas), tendrán plazo entre el 6 de abril y el 30 de junio (27 de junio si se trata de pagos con domiciliación). Para todos los casos, se podrá usar el portal de Renta 2021, además del mencionado plan 'Le llamamos'.

Por otro lado, de manera presencial, del 1 de junio al 30 de junio (27 si se domicilia el pago, con cargo el 30 de junio), se podrán presentar declaraciones a devolver e ingresar en las oficinas de la AEAT, CCAA y entes locales si se domicilia el pago. También en oficinas de las entidades financieras colaboradoras si el resultado es a ingresar (sin domiciliar).

Principales servicios de asistencia e información

- A través de Internet: https://sede.agenciatributaria.gob.es y 'app' de la Agencia Tributaria

- Teléfono solicitud 'Le Llamamos' (a partir del 3 de mayo):

91 535 73 26 y 901 12 12 24 (servicio automático, 24 horas)

91 553 00 71 y 901 22 33 44 (operador, de 9 a 19 horas, L-V)

- Teléfono Renta Información: 91 554 87 70 y 901 33 55 33

(para resolver dudas; de 9 a 19 horas, L-V)

 

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