España sufrió ayer lunes un importante apagón eléctrico que dejó sin suministro a hogares y negocios valencianos durante horas. Esta interrupción, que ha provocado pérdidas económicas considerables, especialmente en el sector empresarial, ha generado una oleada de dudas entre los afectados: ¿se puede reclamar una compensación por los perjuicios sufridos? La respuesta es sí, pero con matices.
El fallo eléctrico ha afectado a grandes zonas del país, paralizando actividades comerciales, industriales y domésticas. Muchas empresas han reportado pérdidas millonarias por la interrupción de sus operaciones. Mientras tanto, miles de consumidores particulares se enfrentan a electrodomésticos averiados y alimentos en mal estado debido a la rotura de la cadena de frío.
¿Quién responde ante estos daños?
Aunque el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) no suele cubrir incidencias por cortes eléctricos, existe una excepción: si el apagón se debe a un fenómeno atmosférico, como una tormenta extrema, cabe la posibilidad de que el Consorcio se haga cargo. No obstante, la vía principal para reclamar daños es la compañía distribuidora o comercializadora de electricidad, responsable del servicio. También es posible recurrir al seguro del hogar, siempre que se cuente con una cobertura específica que ampare estos supuestos.
Para iniciar cualquier reclamación, es esencial contar con pruebas claras del perjuicio sufrido. Esto incluye:
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Facturas o tiques de compra de los electrodomésticos afectados.
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Justificantes de los alimentos perdidos, especialmente si estaban congelados o refrigerados.
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Informes técnicos que certifiquen que la avería se produjo a raíz del apagón.
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Documentación de la compañía eléctrica o perito que acredite el origen del daño.
Las aseguradoras, como recuerdan desde Nationale-Nederlanden, solo aceptarán el parte si se demuestra con precisión la causa de la avería.
Así es la ley vigente: tiempos y compensaciones
En función de la comunidad autónoma, existen límites establecidos para restablecer el servicio:
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Si el corte afecta al 70% del mercado eléctrico de una zona, el suministro debe recuperarse en un máximo de tres horas.
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Si afecta al 100% del mercado, el plazo se amplía a seis horas.
Cuando estos límites se superan, la normativa obliga a las empresas eléctricas a ofrecer descuentos de hasta el 10% en la factura anual, además de posibles indemnizaciones por los daños materiales sufridos.
Las cuantías varían en función de varios factores:
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Duración del corte de luz.
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Frecuencia de interrupciones anteriores.
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Facturación anual del cliente.
La compensación máxima, eso sí, no podrá superar el 10% del importe facturado anualmente por la empresa eléctrica.
Consejos para los afectados
Para que la reclamación prospere, es importante seguir estos pasos:
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Contacta con tu compañía eléctrica lo antes posible para notificar la incidencia.
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Guarda toda la documentación: tiques, facturas, informes técnicos, fotos, etc.
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Consulta tu póliza de hogar y, si lo cubre, comunica el siniestro también a tu aseguradora.
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Si es necesario, solicita la ayuda de un perito independiente que avale los daños.