La Generalitat Valenciana crea su propio 'seguro público' para proteger obras de arte en exposiciones y reducir costes de aseguramiento privado

El Consell aprueba un decreto que garantiza la cobertura pública de bienes culturales en colecciones arrendadas para fines museísticos.

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Exposición 'Museus km 0'
Exposición 'Museus km 0'
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Asegurar una obra maestra no es como asegurar un coche. Los valores pueden alcanzar decenas de millones de euros, las primas son astronómicas y, cuando el daño ocurre, lo que más le importa al museo no suele ser el dinero, sino recuperar la pieza. El Consell de la Generalitat Valenciana ha aprobado un decreto que regula su propia garantía pública para cubrir los riesgos asociados a bienes culturales que formen parte de colecciones arrendadas con destino a la exhibición o a usos museísticos, una figura que en el ámbito estatal lleva décadas funcionando con éxito, pero que la Comunitat Valenciana estrena ahora con rango normativo propio.

Una red de protección para el arte en tránsito

Mover una obra de arte es, literalmente, un ejercicio de riesgo. Desde el momento en que abandona su ubicación habitual hasta que regresa, una pieza cultural puede enfrentarse a accidentes durante el transporte, daños en el almacenamiento o incluso sustracciones. La garantía pública protege a las obras frente a los posibles incidentes que puedan sufrir desde que se presta la obra hasta que se devuelve a su titular, en una modalidad conocida como cobertura "clavo a clavo" que abarca tanto el transporte como la estancia en el museo. El nuevo decreto valenciano sigue esa misma lógica: la garantía de la Generalitat podrá cubrir los daños materiales derivados de la destrucción, pérdida, sustracción o deterioro de los bienes durante su transporte, depósito, exhibición o cualquier otra actuación directamente vinculada a su destino cultural o museístico.

La norma, que desarrolla la disposición adicional octava de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, no nace en el vacío. A nivel nacional, el Real Decreto 1680/1991 ya determina que el Estado puede comprometerse a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de aquellas obras de relevante interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico que se cedan temporalmente a museos, bibliotecas o archivos para su contemplación pública. La Comunitat Valenciana, con este decreto, construye su propio marco autonómico sobre principios equivalentes.

El problema del coste: cuando asegurar una exposición se vuelve prohibitivo

¿Cuánto cuesta asegurar una colección de alto valor? La respuesta depende de muchas variables, pero hay un hecho difícil de ignorar: las primas de los seguros de obras de arte ocupan una gran parte del presupuesto del que una institución dispone para una exposición. Ahí reside precisamente uno de los argumentos más sólidos del nuevo decreto: la garantía pública minora, modula o complementa el aseguramiento privado, especialmente en operaciones de elevado valor económico, permitiendo optimizar los recursos públicos destinados a la protección de bienes culturales.

El sistema no pretende sustituir al seguro privado, sino complementarlo de forma inteligente. El modelo de referencia estatal funciona mediante un sistema combinado: una cantidad inicial hasta un determinado límite es contratada por la institución organizadora con una compañía aseguradora privada; por encima de ese límite, es la administración quien asume la responsabilidad indemnizatoria. La norma valenciana aplica una lógica similar: la garantía no cubre el primer tramo de los daños, un umbral que se sitúa entre los 30.000 y los 144.000 euros, en función del valor total de los bienes garantizados en cada exposición o programa expositivo.

¿Cuánto se paga si algo sale mal?

El decreto es claro en cuanto a las indemnizaciones. En caso de pérdida, sustracción o destrucción total de una pieza, la compensación equivaldrá al valor previamente asignado al bien. Así, si una obra sufre esos daños, la administración abona al prestador una cantidad igual al valor declarado; en caso de daños parciales, la indemnización cubre el coste de la restauración sin exceder ese valor. Cuando los daños sean parciales, la cobertura incluirá además la posible pérdida de valor ocasionada, también sin superar en ningún caso el valor previamente asignado al bien garantizado.

El límite máximo del compromiso que pueda otorgarse para una obra o conjunto de obras en una misma exposición, así como el límite total acumulado de las garantías concedidas por la Generalitat, se fijarán anualmente mediante las correspondientes leyes de presupuestos, un mecanismo que —como ya ocurre en el ámbito estatal— permite adaptar la envergadura del sistema a la capacidad financiera de cada ejercicio. La existencia de un límite económico anual fijado en los presupuestos es, de hecho, la práctica habitual en la garantía estatal que ya opera a nivel nacional.

Un paso hacia la sostenibilidad cultural

Más allá de la técnica jurídica, lo que aprueba el Consell tiene una lectura práctica inmediata: facilitar que colecciones de alto valor lleguen a los museos y espacios expositivos valencianos sin que el coste del seguro lo impida o lo encarezca hasta el punto de hacerlo inviable. En un sector donde generalmente en Europa no se aseguran las colecciones permanentes de titularidad pública , la carga recae sobre las instituciones que organizan exposiciones temporales con piezas prestadas, precisamente las que mayor impacto cultural y turístico generan.

El nuevo decreto ofrece así una respuesta estructural a un problema que ha condicionado durante años la ambición expositiva de instituciones culturales valencianas: la garantía pública actúa como respaldo financiero que da confianza a los prestadores, reduce los costes de aseguramiento y, en última instancia, permite acercar al público obras que de otro modo nunca habrían cruzado la frontera de ningún museo de la región.