El Ayuntamiento de Valencia ha aprobado una medida para unificar la estética de las terrazas de hostelería de la plaza del Ayuntamiento. Los bares y restaurantes de este emblemático espacio deberán adaptar sus mesas, sillas y otros elementos a unos criterios comunes de diseño, materiales, acabados, dimensiones y colores para conseguir una imagen más homogénea y acorde con el entorno monumental.
La iniciativa, impulsada por las delegaciones de Turismo y Espacio Público, pretende acabar con la diversidad de mobiliario que existe actualmente en las terrazas y conseguir una mayor integración en el paisaje urbano. El objetivo es compatibilizar la actividad hostelera y comercial con la protección del valor histórico, arquitectónico y patrimonial de uno de los lugares más reconocibles de la capital valenciana.
La concejala de Turismo e Innovación, Paula Llobet, ha defendido la necesidad de avanzar hacia un modelo que permita armonizar la actividad económica con la conservación del patrimonio. Según ha señalado, "la plaza merece una imagen acorde con su importancia histórica y arquitectónica, con terrazas que se integren de forma ordenada y respetuosa sin renunciar a la actividad hostelera".
Cómo serán las nuevas terrazas de la plaza del Ayuntamiento de València
Las sillas deberán ser apilables, ligeras y de líneas estilizadas, aptas para uso intensivo en exteriores y con condiciones adecuadas de estabilidad, resistencia y facilidad de mantenimiento. Su estructura será íntegramente metálica, mediante armazón tubular continuo, con respaldo y asiento resueltos mediante varillas verticales paralelas. No presentarán aristas cortantes, salientes peligrosos ni elementos publicitarios o decorativos. El acabado será mediante pintura en polvo epoxi/poliéster, polimerizada al horno, resistente a la abrasión, los arañazos y la corrosión. Los colores admitidos serán negro grafito o gris antracita, ambos en acabado mate. Podrán incorporar un cojín extraíble de asiento en color beige, con tejido apto para exteriores y fácil mantenimiento. Las dimensiones serán: ancho de 51 a 54 cm, fondo de 52 a 55 cm, altura total de 75 a 85 cm y altura del asiento de 44 a 46 cm.
Por su parte, las mesas deberán presentar un diseño sencillo, funcional y estable, adecuado para uso exterior. La base será de pie central metálico, con tres o cuatro apoyos dispuestos en cruz o estrella, e incorporará un sistema abatible lateral del tablero que permita su plegado y almacenamiento seguro. La estructura será de color negro grafito o gris antracita en acabado mate. El tablero será de compacto fenólico (HPL) o porcelánico de alta resistencia, con canto recto de 10 a 12 mm, en color blanco roto. Las superficies deberán ser resistentes a la humedad, las manchas y la radiación solar, y facilitar su limpieza y conservación. Los tableros circulares tendrán un diámetro de 60 a 80 cm y los cuadrados, lados de 60 a 80 cm. La altura total de las mesas estará comprendida entre 74 y 76 cm.
Además, cada terraza dispondrá, como mínimo, de una mesa accesible con un espacio libre inferior de al menos 70 cm de altura y 80 cm de anchura. Su tablero podrá superar las dimensiones generales establecidas cuando sea necesario para garantizar dicho espacio con el mantenimiento de la tipología, los materiales y los acabados previstos. En todo caso, prevalecerá la normativa vigente en materia de accesibilidad.

Las sombrillas deberán disponer de mástil central telescópico de aluminio lacado mate, en negro grafito o gris antracita, con un diámetro de 48 a 55 mm. La lona será de tejido acrílico técnico de 300 g/m², hidrófugo y con protección frente a la radiación ultravioleta, en color blanco roto. No se permitirán faldones, volantes, cenefas, estampados ni publicidad. La base será de hormigón, revestida de polipropileno mate o material equivalente, y deberá garantizar la estabilidad del conjunto sin necesidad de anclajes al pavimento. Las dimensiones de la lona serán de 3,00 × 3,00 m o 4,00 × 4,00 m, siempre que el vuelo quede dentro de la superficie autorizada. La altura libre bajo la lona será de al menos 2,20 m. No se admitirán sombrillas con sistemas de anclaje ni sistemas de unión que puedan ocasionar resaltes, deteriorar el pavimento o generar riesgos para los peatones.
De esta forma, todas las estructuras metálicas de una misma terraza, incluidas sillas, bases de mesas y mástiles de sombrillas, deberán presentar un único color, a elegir entre negro grafito y gris antracita, ambos en acabado mate. Esta uniformidad se mantendrá también en las reposiciones o incorporaciones posteriores y se evitarán diferencias apreciables de tonalidad y acabados.
Los separadores, cuando se autoricen, serán modulares, móviles, no anclados al pavimento y de diseño ligero, aptos para exteriores. Sus dimensiones deberán ajustarse a la Ordenanza Reguladora de la Ocupación del Dominio Público Municipal, y su instalación quedará íntegramente dentro de la superficie autorizada. La estructura será de aluminio lacado y, en su caso, anodizado, en color blanco roto, con acabado mate. El panel será transparente, de metacrilato o vidrio de seguridad, con el fin de preservar la visibilidad del espacio público. Podrá incorporar una jardinera integrada en color blanco roto, siempre que no comprometa la estabilidad ni invada las zonas de paso. La sustentación se resolverá mediante una base móvil con ruedas y freno, sin fijaciones permanentes al pavimento. Los elementos deberán garantizar la estabilidad, facilitar la limpieza y no obstaculizar los itinerarios peatonales ni las condiciones de accesibilidad.
Asimismo, la iluminación de las terrazas deberá ser de proximidad, con luminaria regulable, temperatura de luz cálida no superior a 2.700 K, iluminancia máxima de 50 lux en mesa, fuente de luz no visible desde el espacio público, acabado dentro de la paleta cromática y sin tendido de cables por el suelo.
Por lo que respecta a los elementos generadores de calor y frío, cabe destacar que constituyen un elemento opcional y de uso estacional. Las estufas únicamente se admitirán en el período comprendido entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo. Fuera de dichas fechas no podrán ocupar la vía pública. Deberán ser estufas de gas, sin tendido de cables por el suelo, que cumplan con las condiciones fijadas en la Ordenanza Reguladora de la Ocupación del Dominio Público Municipal, en color negro grafito acabado mate.

Asimismo, se prohíbe la instalación de pérgolas, tanto fijas como bioclimáticas, y de toldos cerrados en todo el ámbito regulado. Esta medida responde a la necesidad de preservar la permeabilidad visual del entorno protegido y garantizar las condiciones de acceso y operatividad de los servicios de emergencia, especialmente durante acontecimientos multitudinarios como las Fallas.
Un año para adaptar las terrazas que ya tienen autorización
La nueva regulación afectará a todas las terrazas de hostelería que cuenten con autorización en la plaza del Ayuntamiento cuando entre en vigor el acuerdo, así como a aquellas que reciban permiso posteriormente.
Una de las cuestiones más importantes es el plazo que tendrán los establecimientos para realizar los cambios. Los negocios que ya dispongan de una autorización contarán con un año desde la entrada en vigor del acuerdo para adaptar su mobiliario a las nuevas condiciones.
Una vez realizados los cambios, los establecimientos deberán comunicarlo electrónicamente al Servicio de Ocupación del Dominio Público Municipal. Esta comunicación tendrá que ir acompañada de fotografías que permitan al Ayuntamiento comprobar que las terrazas cumplen con los requisitos establecidos.
En el caso de las nuevas autorizaciones, las condiciones serán obligatorias desde el primer momento, por lo que los establecimientos deberán ajustarse al modelo estético aprobado antes de instalar sus terrazas.
Además, la medida contempla una particularidad para aquellos negocios que tengan varias zonas de terraza autorizadas. Si una de ellas se encuentra en la plaza del Ayuntamiento, los requisitos de homogeneización se aplicarán a todas sus zonas autorizadas.
El Ayuntamiento realizará las inspecciones correspondientes para verificar que los establecimientos cumplen con las nuevas condiciones. En caso de detectar incumplimientos, podrá iniciar los procedimientos previstos en la ordenanza municipal.


