Valencia dará 400€ por hijo nacido o adoptado en 2026

El Ayuntamiento aumenta 100€ la ayuda por natalidad: descubre cómo solicitarla

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Imagen de un bebé - Foto: GettyImages
Imagen de un bebé - Foto: GettyImages

Las familias valencianas recibirán 400€ por cada hijo nacido, adoptado o acogido durante el año 2026. Y es que hoy mismo el Ayuntamiento de Valencia ha anunciado una subida de 100 euros en la subvención por natalidad. La subvención, que cuenta con un presupuesto de 1,5 millones, se concede a todos los núcleos familiares que cumplan los requisitos con el objetivo de aliviar los gastos de crianza.

Así, cada familia podrá solicitar la concesión de una ayuda única de 400€ por cada menor que nazca, sea adoptado o acogido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año que viene. Esta bonificación municipal busca no solo fomentar la natalidad en la ciudad – que continúa su tendencia a la baja – sino también poder hacer frente a los costes que supone la llegada de un nuevo miembro al hogar.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Pueden beneficiarse de esta bonificación todas aquellas personas que sean progenitoras, acogedoras o tutoras que hayan vivido en Valencia durante un mínimo de 4 años antes del nacimiento, acogimiento o adopción, y puedan acreditarlo. Además, es necesario que el menor recién llegado sea empadronado en la ciudad.

También, se exige estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin encontrarse en causas legales de prohibición. Y, en los casos de separación, divorcio o familia monoparental, la ayuda se concederá a la persona que esté conviviendo con el menor en la fecha de la solicitud.

Plazos y documentación

El plazo para presentar la solicitud será de dos meses desde el nacimiento, adopción o acogimiento, y se podrá realizar de manera presencial tanto en las juntas de distrito y oficinas de registro y atención a la ciudadanía, como de forma electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.

En cuanto a la documentación requerida, es necesario que las familias aporten la solicitud normalizada, el documento de identidad, el libro de familia o certificado de nacimiento, adopción o acogimiento, el empadronamiento del menor y de los solicitantes, un certificado de titularidad bancaria y una declaración responsable que acredite el cumplimiento de los requisitos. Los certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, en cambio, serán comprobados automáticamente por el Ayuntamiento.

En relación al periodo de resolución de la petición, el Consistorio se ha comprometido a resolver las solicitudes en un plazo máximo de tres meses, y el abono de la ayuda se realizará en una sola transferencia a la cuenta indicada por la persona beneficiaria. Cabe destacar, además, que esta subvención son compatibles con el resto de ayudas o prestaciones similares concedidas por otras administraciones o entidades.

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