Los patinetes podrán ser sancionados, a partir de hoy, por incumplir la Ordenanza de Movilidad

Les sancions podrien arribar als 500 euros en casos d’infraccions molt greus

Guardar

Se acabó la moratoria de adaptación para los patinetes eléctricos. Hoy, 23 de septiembre, la Policía Local de València comenzará a sancionar a aquellos usuarios que no cumplan con la nueva Ordenanza de Movilidad de la ciudad. Tras tres meses de información, ha llegado el momento de que todos los vehículos cumplan con el nuevo reglamente porque, como ha explicado el concejal de Protección Ciudadana, Aarón Cano, “la Policía Local ya hacía cumplir la ordenanza al resto de elementos de movilidad, pero no a los patinetes eléctricos porque había una moratoria para ellos”.

Y es que al tratarse de un nuevo elemento de movilidad que ha llegado con fuerza a la ciudad, se decidió establecer un plazo de adaptación para los patinetes eléctricos, con el objetivo de que fueran conociendo por dónde les está permitida la circulación y a qué velocidad, de acuerdo con la normativa de la nueva Ordenanza de Movilidad que entraba en vigor el pasado 8 de junio.

Aun así, y para reforzar el trabajo de información y difusión que han realizado los diferentes agentes de la Policía Local, desde la concejalía de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de València se ha optado, además, por la publicación de una guía didáctica, que se está repartiendo en los centros y dependencias municipales para “explicar qué modelo de ciudad estamos impulsando”.

guia-ordenanza-movilidad

“Una ciudad tiene que ser amable, segura, respetuosa, cívica y legal y, por eso, la guía aborda todos los aspectos sobre las reglas que han de regir cuando la gente se mueve en cualquier medio de transporte, desde vehículo motorizado, motocicleta, transporte público, carriles bus, bicicleta, patinete, desplazamientos a pie, personas con movilidad reducida... y cuáles son los derechos y los deberes de cada uno de ellos”, ha informado el concejal de Movilidad Giuseppe Grezzi.

Así, en la guía, además de las normas de circulación y estacionamiento para todo tipo de vehículos, también se encuentra información acerca de una de las principales novedades que va en la línea de reforzar la seguridad en la ciudad: la reducción de velocidad a 30 km/h en todas las calles con un carril de circulación para vehículos motorizados por sentido. De esta manera, casi el 64% de la ciudad se convierte en zona 30, a excepción de las grandes avenidas que disponen de más de un carril por sentido.

Infracciones y sanciones para patinetes

Se considerará infracciones graves determinadas acciones, como el incumplimiento sobre las limitaciones de velocidad, siempre y cuando no se exceda más del 50% de la velocidad máxima permitida, ya que, entonces, se considerará infracción muy grave; circular de forma negligente; circular con vehículos que no cumplan con los requisitos técnicos y de circulación; o circular sin tener la edad mínima permitida que, en el caso de los patinetes, se ha fijado en 16 años.

Asimismo, también se considera infracción grave la circulación por zonas prohibidas para ese tipo de vehículo.

https://valenciaextra.com/es/regulacion-patinetes-ordenanza-movilidad-valencia/

En cambio, se considerarán infracciones muy graves, la circulación temeraria o que pone en grave peligro a otras personas usuarias de la vía; no tener seguro de responsabilidad civil cuando sea obligatorio – en el caso de bicicletas y patinetes es recomendable, pero no obligatorio -; o la circulación bajo los efectos del alcohol o las drogas.

De esta manera, las sanciones irán desde los 101 euros hasta los 200 euros en el caso de las infracciones graves, mientras que la suma podría llegar hasta los 500 euros para las infracciones muy graves.

DENUNCIAS VOLUNTARIAS

La nueva Ordenanza de Movilidad también recoge la posibilidad de que cualquier persona pueda realizar una denuncia voluntaria, cuando sea testigo de infracciones de la normativa de seguridad viaria, tráfico y circulación de vehículos.

Para ello, deberá realizar la denuncia o bien por escrito, dirigida al órgano sancionador, y que podrá presentarse electrónicamente, o bien de forma verbal ante los agentes de la policía. Eso sí, junto con la denuncia deberá constar la identificación del vehículo; la identidad de la persona denunciada, si es conocida; una relación del hecho en el que se especifique la hora, la fecha y el lugar de la infracción; y el nombre y el domicilio de la persona que realiza la denuncia, que podrá solicitar que se mantenga en secreto su identidad.

Archivado en:

Destacados