La Vicepresidencia primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad de la Generalitat ha resuelto la concesión de ayudas urgentes por un importe total de 262.147,49 euros para el pago del alquiler de vivienda de 34 familias y personas damnificadas por el grave incendio declarado en un edificio residencial del barrio de Campanar de València el 22 de febrero de 2024.
La resolución, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), materializa el compromiso adquirido mediante el Decreto 175/2025 del Consell para paliar los efectos de esta catástrofe, cubriendo de esta forma el pago del alquiler de un segundo año para propietarios de viviendas que sufrieron el incendio.
A este respecto, el director general de Planificación y Políticas de Vivienda, Juan Antonio Pérez Sala, ha subrayado que “con esta resolución, la Generalitat cumple su compromiso de apoyar y proteger a la ciudadanía en las situaciones más difíciles, como fue ese incendio, que dejó a muchas familias sin un hogar y no podíamos permitir que también cargaran con la incertidumbre de un alquiler”.
Además, Pérez Sala ha explicado que “hemos actuado con la máxima celeridad que permiten los procedimientos, utilizando la figura de la concesión directa por urgencia, porque la necesidad no podía esperar”.
El director general ha añadido que “estas ayudas son un mensaje de que las instituciones están al lado de las víctimas para reconstruir, y que la vivienda es un pilar fundamental para la recuperación emocional y social tras una tragedia de esta magnitud”.
Estas ayudas, de concesión directa y carácter urgente, han sido diseñadas específicamente para responder a la situación de emergencia habitacional generada por el incendio.
Su objetivo primordial es garantizar un alojamiento inmediato y estable a quienes vieron destruida su vivienda, aliviando la carga económica durante el proceso de recuperación personal y patrimonial.
La concesión directa de estas subvenciones está amparada legalmente por razones de interés público, social y humanitario, dada la urgencia de atender las necesidades básicas de alojamiento de las víctimas. Este mecanismo excepcional evita los plazos de una convocatoria pública ordinaria, acelerando la llegada de la ayuda a sus destinatarios.
Las personas beneficiarias recibirán importes que oscilan entre los 2.200 y los 11.767,80 euros, en función de sus necesidades particulares y los gastos de alquiler justificados. El abono de la subvención se efectuará una vez presentados los justificantes de pago de la renta al arrendador.
Para ello, se ha habilitado un trámite telemático accesible a través de la sede electrónica de la Generalitat, donde las personas beneficiarias podrán aportar de forma ágil y segura la documentación justificativa requerida.
De manera destacable, y atendiendo a la naturaleza de urgencia y protección social de estas ayudas, su concesión es independiente de la situación de la persona beneficiaria respecto a sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, primando el objetivo de auxilio inmediato.