Bicicletas y patinetes: por dónde SI y por dónde NO está permitido circular

Coneix les zones de circulació permeses per a bicicletes i patinets i els límits de velocitat

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Desde el pasado sábado, 8 de junio, la nueva Ordenanza de Movilidad ya está en vigor. Una normativa actualizada, que va en la línea que marca la Dirección General de Tráfico, y que ha delimitado las zonas permitidas de circulación para vehículos privados, transporte público, bicicletas y, por supuesto, vehículos de movilidad personal, entre los que se encuentran los patinetes.

Ahora, se inicia una campaña de información para dar a conocer a la ciudadanía la nueva normativa de circulación. Y es que pese a que entre las bicicletas y los patinetes existen similitudes en cuanto a las zonas de circulación permitidas, también hay grandes diferencias que vamos a desgranar a continuación. Eso sí, lo que ambos medios de transporte comparten es la prohibición de desplazarse haciendo uso tanto de dispositivos móviles o cualquier otro sistema de comunicación que implique el uso manual, como utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido.

Asimismo, habrá que tener en cuenta que se fija, en 16 años, la edad mínima para circular con los patinetes en los espacios públicos.

Circulación por los carriles bici

Tanto las bicicletas, como los patinetes de tipo A y B – dependerá de su tamaño - podrán circular, preferentemente, por los carriles segregados de la calzada sin superar los 20 km/h, y por los carriles bici marcados sobre las aceras sin superar los 15 km/h. Eso sí, respetando la prioridad de los peatones en los itinerarios de acceso a las paradas de autobús, cruces de calzada y en los pasos para peatones señalizados, mientras que serán las bicicletas y los patinetes los que tendrán prioridad sobre los peatones cuando circulen por los carriles bici, a excepción de los casos anteriormente descritos.

Circulación por las aceras

Se prohíbe la circulación por las aceras tanto de bicicletas, como de patinetes. Además, se especifica que, cuando la persona que se desplace en este tipo de vehículos tenga que acceder a la acera, deberá hacerlo bajando de la bicicleta o del patinete.

Circulación por la calzada

Siempre y cuando no lo hagan a una velocidad extremadamente reducida, las bicicletas podrán circular por la calzada, a excepción de los túneles que no cuenten con un carril bici segregado. En este sentido, la nueva Ordenanza de Movilidad recomienda utilizar a los usuarios de las bicicletas el centro del carril derecho. Además, en la circulación dentro de las glorietas, la bicicleta podrá ocupar la parte que necesite para hacerse ver, mientras que el resto de vehículos deberá reducir la velocidad y facilitarle la maniobra. Los patinetes no podrán circular por la calzada, excepto en las ciclocalles, vías de sentido único y zonas limitadas a 30km/h.

Finalmente, se prohíbe la circulación de las bicicletas en los carriles reservados para el transporte público, excepto cuando se permita mediante señalización.

Zonas delimitadas

Todos los barrios de València tendrán una mayoría de calles limitadas a 30 km/h

En cuanto a las ciclocalles o vías de sentido único limitadas a 30 km/h y calles residenciales o zonas 30, está permitido la circulación tanto de patinetes como de bicicletas, sin superar el límite de velocidad marcado. Sin embargo, en las calles para peatones, con circulación restringida para los vehículos a motor, solo podrán circular las bicis y los patinetes tipo A sin superar los 10 km/h, quedando prohibida la circulación de los patinetes tipo B. Además, en estas zonas, se podrá fijar una prohibición total de circulación de bicicletas en un horario previamente establecido, cuando así lo indique la autoridad.

En el interior de parques o jardines públicos, así como en el Paseo Marítimo, bicicletas y patinetes podrán circular por los carriles bici existentes y, si no hubieran, las bicicletas podrían circular por los paseos pavimentados donde, expresamente, se permita la circulación de vehículos, así como en aquellas vías segregadas del tráfico motorizado de más de 3 metros de ancho, destinadas para peatones y ciclistas, sin superar los 10 km/h.

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