La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la convocatoria para la concesión de ayudas del Programa de Ayudas al Alquiler de Viviendas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, correspondiente al ejercicio 2023. A continuación te detallamos cómo solicitar las ayudas al alquiler 2023 en la Comunitat Valenciana.
Cómo solicitar las ayudas al alquiler
- Conoce la convocatoria
Lee atentamente la convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana para comprender los detalles de las ayudas y los requisitos. En este sentido, hay que tener en cuenta que se concederán por el plazo de dos años o 24 mensualidades como máximo, que se corresponderán con las mensualidades devengadas durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Para acceder a la plataforma debes entrar en este enlace.
- Verifica los requisitos
Asegúrate de que cumples con los requisitos, que incluyen, entre otros puntos:
- La vivienda debe ser tu residencia habitual y permanente.
- Los ingresos totales de las personas que viven contigo no deben superar ciertos umbrales de ingresos.
- Plazo de solicitud
El plazo de solicitud estará abierto desde el jueves, 19 de octubre, hasta el 20 de noviembre, incluido.
- Presenta tu solicitud
Puedes presentar tu solicitud preferentemente de forma telemática, lo que agilizará el proceso. Consulta la plataforma en línea proporcionada para cargar tu solicitud.
- Documentación necesaria
Prepara la documentación requerida, que suele incluir:
- Identificación personal (DNI, NIE, etc.).
- Contrato de arrendamiento de la vivienda.
- Documentación que acredite los ingresos y la situación socioeconómica.
- Ten en cuenta tu situación específica
Si perteneces a un grupo de especial atención, como personas afectadas por desahucios, víctimas de violencia de género, jóvenes extutelados, entre otros, ten en cuenta cómo tu situación puede afectar la solicitud.
- Cálculo de la ayuda
La cuantía de la ayuda se determinará en función de tu situación socioeconómica. Los ingresos más bajos y situaciones especiales pueden resultar en un porcentaje de ayuda superior.
- Límites de precio de alquiler
Asegúrate de que el alquiler de tu vivienda no supere los límites de precio establecidos en las bases. Estos límites varían según la localidad y el tipo de vivienda, por lo que consulta las cifras específicas.
- Plazo de la ayuda
Las ayudas se conceden por un período máximo de dos años o 24 mensualidades, que abarcan desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Seguimiento
Después de presentar tu solicitud, mantente informado sobre el proceso y cualquier comunicación que recibas de las autoridades.
Requisitos de las ayudas
El objeto de esta ayuda es la subvención del alquiler de vivienda o habitación que sea la residencia habitual y permanente de la persona o unidad de convivencia solicitante y que conste en el contrato de arrendamiento.
Otro de los requisitos necesarios es que la suma total de las rentas anuales de las personas convivientes sean iguales o inferiores a 3 veces el IPREM, de 4 veces si se trata de familia numerosa general o personas con discapacidad y de 5 veces el IPREM cuando se trate de familia numerosa de categoría especial o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %.
También se tendrá en cuenta la situación de los grupos de especial atención como son las personas afectadas por procedimientos de desahucios, ejecución hipotecaria o dación en pago; familias monoparentales con hijos o hijas, o personas que vivan solas y cuyos ingresos no superen anualmente 1 IPREM; mujeres víctimas de violencia de género; jóvenes extutelados; personas exconvictas; afectadas por situaciones catastróficas; mujeres en situación de necesidad o en riesgo de exclusión, en especial cuando tengan hijos menores exclusivamente a su cargo.
Las ayudas se concederán a los alquileres que no superen el límite del precio del alquiler establecido en las bases, que en función de la localidad donde se ubique la vivienda podrán ir desde 420 a los 770 euros mensuales para alquiler y cesión de vivienda y de los 175 a los 300 euros para arrendamiento o cesión de habitación.