La Generalitat Valenciana pone en guardia a los ayuntamientos antes del verano: así deben proteger las playas, piscinas y parques acuáticos

Con el verano a la vuelta de la esquina y las instalaciones acuáticas a punto de abrir sus puertas, la Conselleria de Emergencias e Interior de la Generalitat Valenciana ha enviado a todos los ayuntamientos de la comunidad dos circulares con la normativa de seguridad que deben aplicar en playas, piscinas de uso colectivo y parques acuáticos. El mensaje de fondo es claro:no hay margen para la improvisación cuando está en juego la vida de los bañistas.La urgencia del aviso tiene una razón estadíst

Guardar

260520 EMER Foto EMER seguridad piscinas
260520 EMER Foto EMER seguridad piscinas

Con el verano a la vuelta de la esquina y las instalaciones acuáticas a punto de abrir sus puertas, la Conselleria de Emergencias e Interior de la Generalitat Valenciana ha enviado a todos los ayuntamientos de la comunidad dos circulares con la normativa de seguridad que deben aplicar en playas, piscinas de uso colectivo y parques acuáticos. El mensaje de fondo es claro: no hay margen para la improvisación cuando está en juego la vida de los bañistas.

La urgencia del aviso tiene una razón estadística poderosa detrás. Entre enero y agosto del pasado año fallecieron 368 personas por ahogamiento en España, la cifra más alta de la última década, de las cuales 274 ocurrieron durante los meses de verano. Solo en julio, de los 92 fallecimientos registrados en espacios acuáticos, 13 ocurrieron en piscinas. Una tragedia que, según los expertos, es ampliamente prevenible con medidas de vigilancia adecuadas.

Playas: planes de salvamento y comunicación obligatoria con el 112

En lo que respecta a las playas, la circular enviada a las corporaciones locales les recuerda la obligación de tener actualizados y revisados los planes de seguridad y salvamento. Estos documentos deben revisarse cada vez que las circunstancias cambien y, como mínimo, cada tres años. Pero hay un requisito que muchos municipios podrían haber pasado por alto: los ayuntamientos debían haber comunicado a la Conselleria, dentro de los tres primeros meses del año, los periodos de afluencia alta, media y baja a sus playas, así como los horarios de los servicios de salvamento.

¿Por qué es tan importante ese dato? Porque esa información se integra en el sistema 1·1·2 Comunitat Valenciana como herramienta de apoyo en la gestión de incidentes de salvamento. Sin ella, la coordinación entre el socorrista que actúa sobre el terreno y el operador que gestiona la emergencia desde una central pierde precisión en los momentos más críticos.

Piscinas: cuántos socorristas hacen falta y cuándo

La segunda circular, emitida por la Dirección General de Interior, aborda con detalle la seguridad en piscinas de uso colectivo y parques acuáticos. El punto de partida es inamovible: el aforo debe ceñirse estrictamente al recogido en la licencia de apertura. A partir de ahí, la normativa establece una escala de vigilancia en función del tamaño de la instalación que merece la pena conocer con precisión.

  • Piscinas con lámina de agua inferior a 200 m² con acceso de pago: deben contar con una persona encargada de la vigilancia de bañistas y de la supervisión de las normas de régimen interno.
  • Piscinas de entre 200 y 500 m²: mínimo un socorrista titulado.
  • Piscinas de entre 500 y 1.000 m²: mínimo dos socorristas.
  • Piscinas que superen los 1.000 m²: un socorrista adicional por cada 500 m² extra.
  • Piscinas de olas: se suma un socorrista más al número que corresponda por superficie.

Dicho de otro modo: una piscina pública de 1.500 m² necesitaría al menos tres socorristas. No dos, no uno y medio: tres. La norma no admite interpretaciones creativas. En el balance de julio, de los 92 casos de ahogamiento registrados en espacios acuáticos, 45 ocurrieron en lugares sin socorristas activos. La presencia de un profesional cualificado no es, pues, un adorno burocrático.

En los parques acuáticos, la exigencia se extiende también a las atracciones: será obligatoria la presencia de monitores que velen por la utilización correcta de cada instalación. Y en todos los casos, los socorristas deben acreditar una titulación oficial o haber superado cursos reconocidos por organismos públicos. La obligatoriedad de contar con socorristas varía según el tipo de piscina, su tamaño y su uso, de acuerdo con el Decreto 143/2015, de 11 de septiembre.

Vallas, seguros y venta telemática: los detalles que también cuentan

Más allá de los socorristas, la normativa pone el foco en otro punto que cada año cobra protagonismo en las noticias: el acceso de los menores al agua sin supervisión adulta. El Código Técnico de la Edificación, vigente desde el 29 de marzo de 2006, establece que las piscinas en las que el acceso de menores a la zona de baño no esté controlado deberán disponer de barreras de protección y elementos practicables con sistema de cierre y bloqueo. Se trata de un requisito "obligatorio" para las piscinas de uso colectivo abiertas a partir de la entrada en vigor de esta normativa, aunque resulta "recomendable" para el resto la disposición de barreras de protección, como vallas.

La circular incluye también un conjunto de recomendaciones operativas pensadas para reducir riesgos en la gestión diaria: ubicar entradas y salidas diferenciadas, señalizar correctamente las zonas de paso y evitar aglomeraciones. En cuanto a la venta de entradas, se aconseja apostar por la vía telemática para minimizar las colas en taquilla. Y la limpieza y desinfección de las instalaciones debe realizarse antes de la apertura, durante los cierres intermedios de la jornada y al final del día.

Finalmente, hay una obligación que a veces queda en segundo plano pero que resulta imprescindible: todas las piscinas de uso colectivo deben tener suscrito un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil por daños al público y a terceros, el riesgo de incendio, el estado del local y los posibles daños al personal que trabaje en ellas. Una cobertura que, en caso de accidente, puede marcar la diferencia entre una gestión ordenada de la crisis y un problema legal de largo recorrido para el municipio.

En definitiva, la Comunitat Valenciana llega a este verano con un recordatorio institucional que va más allá del papeleo: vigilar bien, contratar bien y tener todo en regla no es solo una exigencia normativa, sino la única garantía real de que playas, piscinas y parques acuáticos sean, ante todo, lugares para disfrutar sin que nadie pague un precio que nadie debería tener que pagar.