Antes de poner un pleito en marcha, hay que intentar llegar a un acuerdo. Así de radical —y de sencillo en apariencia— es el cambio que introdujo la Ley Orgánica 1/2025, de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, en vigor desde el pasado 3 de abril de 2025. La norma obliga a los ciudadanos que quieran presentar una demanda civil o mercantil a acreditar antes que intentaron resolver el conflicto por la vía extrajudicial. Es lo que se conoce como MASC: Medios Adecuados de Solución de Controversias. Mediación, conciliación privada, oferta vinculante confidencial, opinión de experto independiente, derecho colaborativo y negociación directa pasaron de ser opciones razonables a configurarse como requisito de procedibilidad sin el cual los juzgados no admiten a trámite la demanda. Un giro histórico para el sistema judicial español que, sin embargo, no está exento de turbulencias en su aplicación práctica.
Una reforma de fondo con fricciones en la práctica
La consellera de Justicia, Transparencia y Participación de la Generalitat Valenciana, Nuria Martínez, lo dejó claro durante la inauguración del curso sobre el impacto práctico de los MASC en la actividad de los tribunales, organizado conjuntamente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Generalitat: pocas reformas han generado un debate tan intenso en el mundo jurídico como esta. Y no es difícil entender por qué. La norma transforma los 3.931 juzgados unipersonales en 431 Tribunales de Instancia, cada uno asistido administrativamente por una Oficina Judicial. Se trata, en definitiva, de repensar desde los cimientos una estructura judicial heredada del siglo XIX.
Pero entre la ambición del texto legal y su ejecución real hay una distancia que preocupa a las comunidades autónomas. La disparidad de criterios entre órganos judiciales —e incluso entre juzgados de un mismo partido— ha situado a la abogacía en una dinámica de ensayo y error inédita en años recientes, sin guía interpretativa unificada del Consejo General del Poder Judicial ni del Ministerio de Justicia. La Generalitat Valenciana ha trasladado al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes su preocupación por las dificultades que determinados aspectos de esta ley están generando, especialmente en el ámbito del Derecho de Familia, y ha defendido la necesidad de revisar aquellos elementos que provocan mayores problemas.
"La aplicación de una reforma de esta magnitud requiere diálogo, planificación y recursos suficientes" - Nuria Martínez, consellera de Justicia, Transparencia y Participación de la Generalitat Valenciana
No es una advertencia menor. El Colegio de Abogados de Madrid llegó a solicitar la suspensión urgente de la aplicación de la ley en los procedimientos de familia que afecten a menores y alertó sobre la incidencia del requisito en procedimientos transfronterizos. La tensión entre la voluntad de descongestionar los juzgados y la protección de las personas más vulnerables —menores, víctimas de violencia, personas en situación de dependencia— se ha convertido en el principal campo de debate desde que la norma entró en vigor.
Mediación en el municipio: la red de puntos de acuerdo local
Para dar respuesta a estos retos desde el territorio, la Conselleria de Justicia anunció la creación de la red de puntos de acuerdo local, un nuevo servicio articulado a través de un programa de subvenciones destinado a acercar la mediación y otros mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos a los municipios valencianos. La iniciativa busca, además, permitir que los ciudadanos acrediten el cumplimiento del requisito de procedibilidad exigido por la ley cuando no se alcance un acuerdo.
"Queremos que cualquier ciudadano de la Comunitat Valenciana, con independencia de dónde resida, pueda acceder al mejor asesoramiento profesional posible cuando se enfrente a un conflicto" - Nuria Martínez, consellera de Justicia, Transparencia y Participación de la Generalitat Valenciana
La apuesta no es trivial. Las Oficinas de Justicia en los municipios pretenden contribuir a la descentralización del acceso a los servicios de justicia, integrando en su estructura mecanismos de apoyo y orientación en materia de resolución alternativa. Trasladar esa lógica al nivel local implica reconocer que el acceso a la justicia no puede depender del código postal, ni de la capacidad económica para costear un proceso largo y costoso.
Adaptar la normativa autonómica al nuevo marco estatal
La Generalitat trabaja también en la adaptación de su normativa autonómica en materia de mediación a las exigencias de la nueva legislación estatal, así como en la reformulación de los programas actuales de justicia y mediación de proximidad. El objetivo es avanzar hacia un modelo integrado que concentre recursos, elimine duplicidades y refuerce la atención ciudadana. La acreditación de profesionales e instituciones para prestar servicios MASC será gestionada por el Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas con competencias en la materia, buscando un estándar técnico uniforme.
Martínez subrayó que la promoción de los MASC debe compatibilizarse con respuestas adaptadas a cada realidad, garantizando siempre la protección de todos los ciudadanos. Una justicia más rápida, en definitiva, no puede significar una justicia que deja atrás a quienes más la necesitan. La transformación del sistema judicial español está en marcha, pero la clave estará en si las instituciones —estatales y autonómicas— son capaces de construir juntas los cimientos que la sostengan.


