El Programa Bono Viaje CV amplia el tiempo disponible en los dos periodos de 2021

La modificació que permet ampliar el període actual fins al 15 de juny i avança el tercer període al 15 de desembre

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BONO VIAJE-14
BONO VIAJE-14

El Consell, reunido en sesión plenaria, ha aprobado un decreto de modificación del Decreto 156/2020, de 16 de octubre, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de concesión directa de ayudas del programa 'Bono Viaje Comunitat Valenciana', para incentivar la demanda de servicios turísticos internos por la COVID-19.

En concreto, el decreto aprueba la modificación del apartado 16 del artículo 5; el apartado 3 del artículo 7, el apartado 2 del artículo 8, el apartado 1 del artículo 9, el apartado 4 del artículo 12, y la disposición final segunda, todos ellos del Decreto 156/2020, de 16 de octubre, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de concesión directa de ayudas del programa 'Bono Viaje Comunitat Valenciana', para incentivar la demanda de servicios turísticos internos por la COVID-19.

De esta forma, la modificación supone un cambio en los periodos en que se pueden prestar estas ayudas, quedando articulados de la siguiente manera: desde las 12.00 horas del día 20 de octubre de 2020 al 31 de diciembre de 2020, desde el 1 de enero de 2021 al 15 de junio de 2021 y desde el 15 de septiembre de 2021 al 31 de diciembre de 2021. En este periodo, la estancia y los servicios turísticos deben concluir el 31 de diciembre de 2021.

Del mismo modo, se modifican los plazos de solicitud para cada periodo del programa, ajustándose a las nuevas fechas, así como la dotación presupuestaria destinada a cada uno.

Así, el importe global máximo de las ayudas a conceder derivadas de este decreto asciende a 16.300.000 euros, de los cuales 4.300.000 correspondían al periodo de 2020, mientras que el resto, hasta 12.000.000 corresponden al ejercicio de 2021. En concreto, se prevé destinar 7.000.000 para el segundo periodo del programa, que ahora va desde el 1 de enero al 15 de junio, y 5.000.000 para el tercer periodo, que va del 15 de septiembre al 31 de diciembre.

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