El Ayuntamiento de Burjassot amplía a construcción, albañilería y veterinarias los sectores que se pueden beneficiar de la tercer fase del Plan Resistir

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Ayuntamiento de Burjassot e integrantes del consistorio
Ayuntamiento de Burjassot e integrantes del consistorio

El Ayuntamiento de Burjassot ha ampliado, dentro de la tercera fase del Plan Resistir, los sectores a los que van destinadas las ayudas económicas a autónomos y microempresas del municipio cuya actividad se haya visto afectada por la pandemia de la Covid-19.

Esta ampliación afecta a albañilería y pequeños trabajos de construcción en general, construcción completa, reparación y conservación de obras civiles, construcción completa, reparación y conservación de edificios, instalaciones eléctricas en general, instalaciones de fontanería, instalaciones y montajes, carpintería y cerrajería, carpintería metálica y consultas clínicas y veterinarias.

En el caso de estos sectores, las ayudas, que se podrán solicitar del 8 al 22 de octubre, ambas fechas incluidas, de manera telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burjassot, PINCHANDO AQUÍ, se concederán por el régimen de concesión directa y podrán ser beneficiarios de las mismas los autónomos y microempresas con un máximo de 10 trabajadores/as que tengan su sede física y/o domicilio fiscal en Burjassot. También podrán beneficiarse de las mismas las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, se encuentren legalmente constituidas y puedan llevar a cabo actividades empresariales o profesionales que motiven la subvención y que cumplan los requisitos estipulados en las bases.

La resolución de ampliación de los sectores puede consultarse en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Burjassot, PINCHANDO AQUÍ y las Bases de la convocatoria general, PINCHANDO AQUÍ.

La cuantía de la ayuda, previa justificación, será de una cantidad máxima de 2.000€ por cada autónomo, sociedad civil, comunidad de bienes o microempresa con un máximo de 10 trabajadores. En el caso que en una empresa figuren varios autónomos el importe máximo a percibir será de 2.000€.  Asimismo, se podrá recibir una cantidad adicional de 200€ por trabajador afiliado a la Seguridad Social a fecha 31 de diciembre de 2020 de dichas microempresas y autónomos.

Las ayudas deben ir dirigidas a cubrir gastos corrientes de la actividad, entendidos como aquellos gastos periódicos indispensables para el desarrollo y mantenimiento de la actividad. Sin carácter exhaustivo, serían subvencionables, alquileres y rentings, suministros vinculados al local comercial donde desarrolla su actividad comercial, tales como luz, teléfono, agua, gas, internet...gastos de publicidad, reparaciones y mantenimiento, etc.

Como se ha señalado, las solicitudes deberán presentarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burjassot o en las oficinas de asistencia en materia de registro con arreglo a lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

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