Política

El TS inadmite el recurso de Antifraude al fallo del TSJCV que le obligaba a enseñar al PP el expediente de Francis Puig

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Francis Puig

El Tribunal Supremo ha decidido inadmitir a trámite el recurso de casación interpuesto por la Agencia Antifraude contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que dio la razón al PP y reconoció su derecho a consultar los expedientes abiertos por este organismo sobre las ayudas al valenciano de los socios del empresario Francis Puig, hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig. El TS condena a Antifraude al pago de las costas, que fija en 2.000 euros.

Así consta en una providencia de 4 de febrero, dada a conocer este martes por el PP, en la que el alto tribunal explica esta inadmisión en que se han incumplido las exigencias de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, por falta de justificación de que las infracciones imputadas han sido relevantes y determinantes de la decisión adoptada en la resolución recurrida.

El pasado mes de junio, el TSJCV estimó la demanda interpuesta por la síndica adjunta del grupo popular en Les Corts, Eva Ortiz, contra la negativa de la Agencia Antifraude a facilitarle los expedientes requeridos. La sala entendió que la negativa de Antifraude vulneraba el derecho a la participación política y entendía que era de aplicación preferente frente a otras normas autonómicas el Reglamento de Les Corts.

A este respecto, hacía referencia al artículo 12 del reglamento que indica que se facilitarán copias de la documentación solicitada por los parlamentarios a través del presidente de Les Corts sin distinguir si esos documentos proceden de órganos ejecutivos del Consell o de órganos independientes de él.

El tribunal tampoco halló obstáculo para dar ese acceso al expediente en el hecho de el PP hubiera presentado querella por la concesión de las subvenciones, ya que hay que distinguir los títulos habilitantes querellante y diputado en ejercicio de su función parlamentaria.

AGOSTO DE 2019

El proceso se remonta a agosto de 2019 cuando la diputada registró un escrito dirigido al presidente de Les Corts para que le fuera trasladada una copia íntegra del expediente de investigación incoado por la Agencia Antifraude por las ayudas de fomento al valenciano. Amparó su petición en el artículo 12 del Reglamento de la Cámara y en los artículos 1.2 y 5 de la Ley 11/2016 de la Generalitat.

Justificó el requerimiento en la presentación de una denuncia por supuesto falseamiento de contenidos en la justificación de la concesión de ayudas públicas para la promoción del valenciano por parte de las mercantiles Kriol Produccions S.L. y Canal Maestrat S.L, vinculadas a Francis Puig. También pedía la documentación aportada por estas empresas en respuesta a lo solicitado por el órgano inspector.

En octubre de 2019 se obtuvo una respuesta negativa. El presidente de Les Corts trasladó a Ortiz la contestación a su solicitud por parte del director de la Agencia Antifraude y se indicaba que había dos expedientes abiertos y que las actuaciones se encontraban sometidas al deber de confidencialidad y reserva.

De esta forma, Antifraude indicó que dar traslado de estos expedientes, además de poder suponer incumplimiento de la ley autonómica que dispuso la creación y funcionamiento del organismo, pondría en riesgo las subsiguientes actuaciones para esclarecer los hechos o conductas sobre los que existían indicios o elementos de posible fraude o corrupción, en la medida en que pudiera ser conocida y pública. La documentación fue remitida al juzgado de València que instruye la investigación por estas ayudas.