Sociedad

Se acabaron las multas por drogarse en el coche: Interior dicta una nueva norma que genera polémicas

El ministerio considera que va en contra de la privacidad

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Un guardia civil en una imagen de archivo

La nueva norma del Ministerio del Interior pone fin a las multas por consumir drogas en el interior del coche. ¿La razón? Consideran que se trata de un "espacio privado". El departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska fija este criterio atendiendo a las sentencias del Tribunal Supremo. 

Las multas de hasta 30.000 euros por este tipo de comportamientos solamente se aplican cuando se consuman drogas en vehículos colectivos, pero no en los coches privados. Eso sí, si se consumen cuando el coche está en marcha estaríamos hablando de un delito contra la seguridad vial que se considera como un delito penal. 

Serán los agentes los que en estos casos tengan que decidir si esta conducta "es o no constitutiva de una infracción grave". Para fundamentar esta decisión, Interior incluye varias sentencias del Tribunal Supremo que dictan que, sin poder considerar como domicilio un vehículo privado, sí es "un espacio privado protegido con cierto grado de intimidad".

¿Antes de esta norma qué ocurría al consumir drogas en el coche?

Hasta el momento los agentes que vieran a una persona consumiendo estupefacientes en el interior de su vehículo podían denunciar a la persona por una infracción grave aplicándole el artículo 36.16 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana. En este apartado se considera como una infracción grave el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares". 

Los agentes podían intervenir las drogas y llevarlas a analizar y se levantaba una propuesta de sanción. Las multas en estos casos solían ser de unos 600 euros. 

¿Se pueden consumir drogas en público?

La Ley de Seguridad Ciudadana, vigente desde 2015, dictamina que una intervención policial se justifica por la existencia de una amenaza concreta o de un comportamiento objetivamente peligroso que razonablemente sea susceptible de provocar un perjuicio real para la seguridad ciudadana". 

Siguiendo este criterio, desde el Ministerio del Interior todavía consideran el consumo o la tenencia ilícitos de drogas en lugares públicos conlleva directamente un daño para el bien jurídico protegido en el que se conforma la seguridad de las personas". Lo que significa que podría suponer una multa de hasta 3.000 euros. 

¿Y qué está prohibido hacer en el coche?

  • Llevar cuchillos o navajas salvo que la hoja sea inferior a 11 centímetros. En caso de que sea superior hay que tener autorización. De incumplirlo las multas van desde los 300 a los 30.000 euros. 
  • Linternas que hayan sido modificadas para cegar a las personas o emitir descargas eléctricas. En este caso, las sanciones van de 601 a 30.000 euros.
  • Armas de fuego de no disponer de autorización. La multa será superior a los 30.000 euros y también podría haber un castigo penal.
  • Cartuchos y munición sin tener licencia. La multa será superior a los 30.000 euros y también podría haber un castigo penal.
  • Dispositivos para caza de no estar autorizada. 
  • Gafas térmicas. Son dispositivos que se emplean para observar la presencia de seres vivos a larga distancia detectando el calor que irradian. Dependiendo de la comunidad autónoma, el conductor puede ser multado con 60.000 euros por indicio de caza ilegal.