Economía

Novedad en la renta por la DANA: estas ayudas de 2024 quedan fuera del IRPF

Las ayudas concedidas en 2024 a empresas y autónomos pasan a estar exentas y permiten revisar declaraciones ya presentadas

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Una vivienda afectada por la DANA - Foto: Europa Press

Giro a la tributacion por la DANA. El Gobierno de España ha incluido las ayudas autonómicas concedidas en 2024 dentro de la exención del IRPF. Así lo recoge el Real Decreto-ley 10/2026 publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 29 de abril.

La disposición establece la no integración en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y también del Impuesto sobre Sociedades de determinadas ayudas otorgadas por la Comunitat Valenciana tras los daños ocasionados por el temporal. La medida afecta a empresas y trabajadores autónomos beneficiarios.

Alcance de la exención fiscal

El texto legal detalla que la medida tiene efectos desde el 29 de octubre de 2024 y se aplica a las ayudas reguladas por decretos autonómicos aprobados a finales de noviembre y principios de diciembre de ese mismo año.

Entre ellas se encuentran las destinadas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de empresas afectadas, así como las dirigidas a personas trabajadoras autónomas de zonas impactadas por la DANA registrada entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre.

La normativa incorpora estas ayudas al mismo tratamiento fiscal que otras ya contempladas en disposiciones adicionales de la legislación estatal, ampliando así el alcance temporal de la exención para incluir también el ejercicio fiscal correspondiente a 2024.

El decreto hace referencia expresa a las disposiciones adicionales de la Ley 35/2006 y de la Ley 27/2014, que regulan el tratamiento fiscal de determinadas ayudas públicas, incorporando ahora las concedidas por la administración autonómica valenciana tras el episodio meteorológico.

Asimismo, el texto especifica que la medida se aplica a las ayudas concedidas en virtud de los decretos aprobados por el Consell el 26 de noviembre y el 3 de diciembre, que establecieron los mecanismos de concesión directa y urgente.

Posibilidad de devolución

El president de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, ha señalado en un comunicado que esta modificación implica que los beneficiarios que tributaron por estas ayudas podrán solicitar la devolución de las cantidades abonadas en su declaración.

“De esta manera la administración central rectifica y abre la puerta a devolver lo tributado por estas partidas en la renta de ese ejercicio”, recoge el comunicado difundido tras la publicación de la norma en el BOE.

Según el mismo texto, el jefe del Consell trasladó en diciembre la necesidad de equiparar el tratamiento fiscal de las ayudas autonómicas con las estatales, con el objetivo de evitar diferencias en la tributación entre beneficiarios en distintos ejercicios.

El comunicado añade que la regulación inicial contemplaba la exención únicamente para ejercicios posteriores, lo que dejaba fuera a contribuyentes que ya habían declarado estas ayudas en el ejercicio fiscal correspondiente a 2024.

“Era una decisión ilógica y discriminatoria”, señala el comunicado, que también apunta a que la modificación normativa permite ahora incluir a todos los beneficiarios dentro del mismo marco fiscal.

La nueva redacción normativa incorpora finalmente las ayudas de 2024 dentro de la exención, tras una regulación previa que limitaba su aplicación a ejercicios posteriores, según se detalla en el contenido oficial publicado por el Gobierno.

Desde la Generalitat se indica que la medida permitirá iniciar los procedimientos correspondientes para la devolución de ingresos indebidos en aquellos casos en los que se hubiera tributado por estas ayudas en declaraciones ya presentadas.