El Ayuntamiento de Alfafar ha impulsado una nueva ordenanza municipal para regular la implantación de alojamientos turísticos en las zonas de uso dominante residencial, una regulación necesaria debido a que el plan general vigente, redactado en 1991, ha quedado desfasado y no contempla la realidad actual del turismo ni los problemas de convivencia asociados.
La medida se adopta en el ejercicio de la potestad reglamentaria municipal y conforme a la legislación autonómica, que considera compatibles los usos turístico, residencial y terciario. El objetivo no es prohibir los pisos turísticos —algo que chocaría con los principios de libre competencia y con las sentencias emitidas en municipios con mayor presión turística— sino ordenar su implantación, evitando conflictos vecinales y efectos negativos sobre el acceso a la vivienda.
Implantación limitada a planta baja y primera y obligación de acceso independiente
La ordenanza establece que los alojamientos turísticos solo podrán ubicarse en plantas bajas y primeras de edificios residenciales o mixtos, y siempre respetando una “gradación de usos en altura” para prevenir molestias. Además, si en cualquier parte de la planta baja existe ya un uso turístico, no se permitirá otro en la primera planta del mismo edificio. Asimismo, para evitar ruidos, tránsito excesivo y conflictos en zaguanes y zonas comunes, cada alojamiento turístico deberá contar con acceso independiente desde la vía pública, tanto si se sitúa en planta baja como en primera.
Protección del uso residencial: al menos el 50% del edificio deberá mantenerse como vivienda
Para evitar una transformación masiva de los bloques en alojamientos turísticos y contribuir a que el parque de vivienda no se reduzca, la normativa exige que al menos el 50% de cada edificio conserve el uso residencial.
Este punto responde a la necesidad de evitar un agravamiento del problema de acceso a la vivienda, una cuestión que afecta tanto a Alfafar como al conjunto del país.
Criterios de diseño seguros e inclusivos con perspectiva de género
Una de las novedades de la ordenanza es la incorporación de criterios de diseño urbano con perspectiva de género, orientados a garantizar accesos visibles, bien iluminados y percibidos como seguros por todas las personas. Estas pautas se han elaborado tras revisar diagnósticos realizados por gabinetes especializados en urbanismo inclusivo.
Habitabilidad estricta y prevención de infraviviendas
La ordenanza recuerda que deben cumplirse las exigencias autonómicas de habitabilidad, superiores a las municipales. Entre ellas, se prohíbe habilitar sótanos como cocinas, dormitorios o salas de estar, evitando así que futuras reconversiones puedan generar infraviviendas.
También se limita al 20% la superficie destinada a espacios de ocupación nula (trasteros, almacenes o cuartos de instalaciones) en locales convertidos en viviendas turísticas, garantizando una correcta iluminación y ventilación natural de las estancias habitables.
Aparcamiento y otras condiciones técnicas
Los alojamientos turísticos deberán cumplir las mismas exigencias de dotación de plazas de aparcamiento que se aplican a las viviendas ordinarias, en función de la zona del Plan General.
Una regulación equilibrada para proteger la convivencia
La nueva ordenanza se aplica exclusivamente en las zonas residenciales —Casco Antiguo, Orba, Alfalares y San Jorge— donde la convivencia vecinal podría verse más afectada y donde la presión turística podría incidir en el acceso a la vivienda.
La normativa se ha elaborado siguiendo los principios de necesidad, proporcionalidad y libre acceso a la actividad económica, con el objetivo de encontrar un equilibrio sin prohibir los alojamientos turísticos, pero garantizando la convivencia, la seguridad y el derecho de los vecinos a disfrutar de sus hogares en condiciones dignas.
Arcadio Del Real, concejal de Urbanismo, ha señalado que esta ordenanza responde a una realidad que ya estaba sobre la mesa: el crecimiento de los alojamientos turísticos en entornos residenciales sin una regulación específica: “No se trata de prohibir, sino de ordenar, garantizar la convivencia vecinal y evitar efectos indeseados como la pérdida de vivienda o los conflictos en las comunidades”, añade. Del Real ha destacado además el trabajo con criterios técnicos, jurídicos y sociales, para incorporar incluso la perspectiva de género y estándares de habitabilidad más exigentes.
Por su parte, el alcalde de Alfafar, Juan Ramón Adsuara, ha subrayado que el Ayuntamiento tiene la obligación de anticiparse y proteger el interés general: “Esta ordenanza busca compatibilizar la actividad turística con el derecho de los vecinos y vecinas a vivir con tranquilidad y a acceder a una vivienda digna”. Adsuara ha añadido que Alfafar apuesta por un modelo de municipio ordenado, seguro y habitable, donde el desarrollo económico no vaya en contra de la cohesión social ni de la calidad de vida.