Economía concede las ayudas Emprenem COMERÇ a las pimes comerciales para el ejercicio 2021

Ascendeixen a 156.264 euros i és el primer paquet de subvencions en el marc de la convocatòria anticipada per a 2021 de les ajudes en matèria de comerç, consum i artesania

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El conseller de Economía Sostenible, Rafa Climent
El conseller de Economía Sostenible, Rafa Climent
La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo las ayudas Emprenem COMERÇ a las pimes comerciales para el ejercicio 2021. El total de las ayudas asciende a 156.264,92 euros de ayudas, y beneficiará 55 pymes de emprendedores del pequeño comercio.Se trata del primer paquete de ayudas en el marco de la convocatoria anticipada para el ejercicio 2021 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía, destinadas a pymes, entidades intermedias en materia de comercio y artesanía, entidades locales y asociaciones y federaciones de personas consumidoras y usuarias.El conseller Rafa Climent ha manifestado que "desde el Consell queremos apoyar la creación de empresas de comercio de proximidad porque es un sector estratégico y un motor económico en la Comunitat Valenciana. El pequeño comercio genera actividad y empleo a nivel local, es sinónimo de calidad, de consumo de productos de cercanía y de creación de un tejido comercial que da vida a los pueblos y los barrios, además de garantizar su abastecimiento.

Ayudas a emprendedores del pequeño comercio

En Emprenem COMERÇ se consideran subvencionables los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con un nuevo titular o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica, como:- Estudios de viabilidad, factibilidad comercial, distribución, iluminación, ahorro energético y diseño del establecimiento.- Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa o para el inicio de la actividad en el establecimiento comercial y, además, en su caso, online.- Gastos de traspaso, únicamente del local, satisfechos al anterior titular, que deberá haberse formalizado en el ejercicio en que se convoque la ayuda.- Gastos de alquiler de local devengados desde el 1 de febrero hasta el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.El establecimiento deberá, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda. La subvención será de hasta el 50% con el límite de 10.000€, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000€ de subvención.

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