Salvador presenta en Les Corts la ley para "garantizar mayores niveles de seguridad en los servicios ferroviarios de la Comunitat"

El text és pioner a Espanya i recull les disposicions més avançades en matèria de seguretat ferroviària adoptades per la Unió Europea

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La consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, María José Salvador, ha destacado que el proyecto de Ley de Seguridad Ferroviaria que ha presentado a Les Corts, tiene como finalidad "garantizar los mayores niveles de seguridad en los servicios ferroviarios en la Comunitat".

Según ha afirmado Salvador, el texto es pionero en España porque "no hay ningún precedente ni ninguna ley, ni estatal ni autonómica, que trate en profundidad la seguridad ferroviaria y, por ello, recoge las disposiciones más avanzadas en esta materia adoptadas por la Unión Europea". En estos momentos, la red que gestiona FGV se extiende sobre 267 km (156 corresponde a Metrovalencia y 111 al TRAM de Alicante), con 14 líneas (nueve de Metrovalencia y cinco del TRAM), y transportó en 2016, 73 millones de viajeros.

La consellera ha asegurado que "queremos que la Comunitat Valenciana sea un referente en esta materia y que no se vuelva a producir un accidente como en 2006", por ello, ha hecho referencia a la Asociación de Víctimas del Metro y al compromiso del Consell de escuchar y trabajar por sus reivindicaciones.

Así, ha recordado, "uno de los primeros actos de estas Corts fue aprobar una Comisión de Investigación sobre el accidente así como la realización de acciones con relación a las responsabilidades que se determinarán y la adopción de medidas legislativas, informativas y de colaboración con la justicia para el esclarecimiento de la verdad". Para la consellera, "tanto el recuerdo como el profundo respeto deben servir para dar pasos adelante como este texto legislativo".

El proyecto de Ley consta de seis títulos, siete disposiciones adicionales, tres transitorias, una Derogatoria y cinco finales con el objecto de "establecer el conjunto de medidas y el desarrollo de las actividades dirigidas al análisis, prevención y corrección de los riesgos inherentes al transporte ferroviario, desde el punto de vista operacional", ha puntualizado Salvador.

Creación de la Agencia Valenciana de la Seguridad Ferroviaria

Siguiendo el modelo europeo de asignación de responsabilidad en seguridad, se crea la Agencia Valenciana de la Seguridad Ferroviaria, Título II, como organismo autónomo, con personalidad jurídica y que se regirá por los principios de independencia y transparencia, adoptando las decisiones de manera motivada y respetando el principio de contradicción.

La Agencia tiene como órgano de gobierno un consejo rector, con cinco vocales que serán personas de competencia reconocida, experiencia y prestigio profesional en el sector ferroviario o en la gestión de emergencias, que gozarán de independencia e inamovilidad, y elegirán al titular de la presidencia.

Los operadores ferroviarios deberán remitir cada año a la Agencia un informe sobre las averías e incidencias del material rodante con que operan, soluciones y previsiones de actuación. La Generalitat, a propuesta de la Agencia, aprobará un Reglamento de Circulación Ferroviaria.

El Título II también regula la estructura del Sistema Ferroviario Autonómico, clasificado en dos tipo de subsistemas en función del carácter estructural o funcional, para la determinación de las exigencias específicas de seguridad.

El Título IV se dedica a la certificación de seguridad que otorga la Agencia y que deberán obtener las entidades ferroviarias antes de la prestación del servicio. El certificado acreditará que dispone de un sistema de gestión de la seguridad propio y está en condiciones de cumplir los requisitos sobre sistemas de carácter estructural y funcional. La vigencia del certificado será de cinco años, renovable por períodos sucesivos iguales.

Comisión de Investigación de Accidentes

La investigación de accidentes y notificación de incidentes se ve reforzada con la creación de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios, adscrita a la Conselleria competente en materia de emergencias, y será totalmente independiente, Título V. Esta Comisión estará compuesta por seis vocales, nombrados por el Consell entre personas de prestigio y calificación profesional en el sector ferroviario. Estos nombramientos se someterán a les Cortes para su aceptación o veto razonado.

Finalmente, el Título VI regula el régimen de inspección, supervisión y sanción que corresponde a la Agencia Valenciana de Seguridad Ferroviaria, la cual elaborará planes de inspección periódicos para establecer de manera sistemática estas actuaciones y determinar las directrices generales de las operaciones de control. La función inspectora será ejercida por el personal funcionario de esta Agencia, que tendrá la condición de agente de la autoridad y gozará de independencia en sus actuaciones.

En cuanto al régimen sancionador, se especifican listados de infracciones leves, graves y muy graves, con las sanciones correspondientes, siempre adecuadas a la gravedad del hecho y que pueden implicar multas hasta 380.000 euros. En el caso de las infracciones muy graves y graves podrán tener también sanciones accesorias como la revocación de la licencia administrativa, título habilitante, certificado de seguridad, etc. durante unos plazos.

Tiempos máximos de conducción

Por lo que respecta a las disposiciones adicionales, se regulan aspectos como los tiempos máximos de conducción en el transporte ferroviario, se identifican los tramos de la red de FGV que tienen carácter tranviario, se plantea que el Administrador de infraestructuras ferroviarias tomará las medidas necesarias para la progresiva reducción de los pasos a nivel existentes, así como para la mejora de las condiciones de seguridad de los que se mantengan y, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley.

También se incluye un inventario de los túneles en el que conste el grado de adecuación a los requerimientos establecidos y las propuestas de actuación. El texto se complementa con anexas con indicadores de seguridad ferroviaria y pasos a nivel.

Hay que recordar que el texto de Ley de Seguridad Ferroviaria tras ser aprobado por el Consell, se abrió un período de información pública y se sometió a consultas, con participación de las organizaciones sindicales más representativas de la entidad FGV. También se dio traslado a las asociaciones de consumidores y usuarios, a las asociaciones más representativas de personas discapacitadas y a la Asociación de Víctimas del Metro.

Finalmente, el Comité Económico y Social y el Consejo Jurídico Consultivo emitieron los respectivos dictámenes con los que se acabó de configurar el actual texto normativo que llega a Les Corts para su debate.

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